Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2018 (27/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Martes 27 de marzo de 2018 /

El Peruano

005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Carlos Leónidas Romero Wetzell y de la Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Konysha Shaya Llacza Escobar, del 31 de marzo al 6 de abril de 2018, a la ciudad de Doha ­ Estado de Qatar, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Total Importe Personas US$ US$ 3,263.00 X 2 = 6,526.00

Informe N° 000998-2018/IN/OGAJ, de fecha 20 de marzo de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto N° 108-2015-IN.SALUDPOLGG.SEC, de fecha 5 de agosto de 2015, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, aprobó el financiamiento para el tratamiento médico quirúrgico, de rehabilitación y tratamiento integral altamente especializado en los Centros Altamente Especializados de La Habana ­ República de Cuba, a través de la empresa de Servicios Médicos Internacionales S.A.C., del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Daniel Alejandro Ubillus Tambini (actualmente en Situación de Retiro), a llevarse a cabo en un periodo de tres (3) ciclos, de ochenta y cuatro (84) días cada uno; Que, mediante Resolución Suprema Nº 242-2015-IN, de fecha 4 de diciembre de 2015, se autorizó el viaje al exterior del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Daniel Alejandro Ubillus Tambini (actualmente en Situación de Retiro), del 15 de diciembre de 2015 al 28 de marzo de 2016, a la ciudad de La Habana ­ República de Cuba, a fin que cumpla con el primer ciclo de su tratamiento médico altamente especializado; Que, a través de la Carta S/N de fecha 1 de julio de 2016, la Gerencia de Operaciones de los Servicios Médicos Internacionales S.A.C., hace extensivo el Informe Médico de fecha 10 de mayo de 2016, del Centro Internacional de Salud La Pradera, que recomienda al Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Daniel Alejandro Ubillus Tambini (actualmente en Situación de Retiro) permanecer en reposo relativo en su país por un período de 60 a 90 días como máximo y retornar a la República de Cuba para continuar con la rehabilitación correspondiente; Que, con Acta de Junta Médica N° 240-17-dnc, de fecha 20 de marzo de 2017, la Junta Médica Interespecialidades del Hospital Nacional "Luis N. Sáenz" de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú concluye que los tratamientos realizados al Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Daniel Alejandro Ubillus Tambini (actualmente en Situación de Retiro) fueron pertinentes y oportunos, por lo que afirman en su totalidad su conformidad; asimismo; señalan que se debe continuar con el siguiente ciclo; Que, mediante Oficio N° 100-2018-SALUDPOL/GG, de fecha 12 de marzo de 2018, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL solicita al Ministerio del Interior la autorización de viaje al exterior del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Daniel Alejandro Ubillus Tambini, del 30 de abril al 23 de julio de 2018 y del 1 de octubre al 23 de diciembre de 2018, a fin que realice el segundo y tercer ciclo de su tratamiento médico altamente especializado, respectivamente, en la ciudad de La Habana ­ República de Cuba; Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Daniel Alejandro Ubillus Tambini, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de compensación extraordinaria (financiamiento parcial), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 750-2018-SECEJE/DIRADM-DIVECO.DEPPRE, de fecha 15 de febrero de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Tratamiento Médico Altamente Especializado; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público

Pasajes aéreos

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1630757-3

Autorizan viaje de Suboficial PNP en situación de retiro a Cuba por tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 467-2018-IN Lima, 23 de marzo de 2018 VISTOS, el Oficio N° 1033-2018-DG PNP/SECEJE/ UTD., de fecha 21 de febrero de 2018, de la Jefatura de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 100-2018-SALUDPOL/GG, de fecha 12 de marzo de 2018, de la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, el

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