Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2018 (27/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 27 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Daniel Alejandro Ubillus Tambini, del 30 de abril al 23 de julio de 2018 y del 1 de octubre al 23 de diciembre de 2018, a la ciudad de La Habana ­ República de Cuba, para los fines expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- Los gastos por compensación extraordinaria (financiamiento parcial) por tratamiento médico altamente especializado que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Compensación Extraordinaria (20%) 33.56 Días X 168 X Pers. Total US$ 1 5,638.08

Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 468-2018-IN Lima, 23 de marzo de 2018 VISTOS; el Oficio N° 020-2018-SDG-PNP-DIRASINTAPR-ITALIA, de fecha 12 de febrero de 2018, de la Agregaduría Policial de la Embajada de la República del Perú en la República Italiana, el Mensaje de fecha 13 de marzo de 2018, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma, la Hoja de Estudio y Opinión N° 88-2018-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 12 de marzo de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 95-2018-DIRASINT-PNP/DIVBEC-D.R., de fecha 14 de marzo de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001001-2018/IN/OGAJ, de fecha 20 de marzo de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 020-2018-SDG-PNPDIRASINT-APR-ITALIA, de fecha 12 de febrero de 2018, la Agregaduría Policial de la Embajada de la República del Perú en la República Italiana remite a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú el Informe N° 003-2018-SDG-PNP-DIRASINT-APR-ITALIA, de fecha 10 de febrero de 2018, a través del cual se informa sobre las ofertas educativas ofrecidas por la Dirección de la Escuela Internacional de Alta Formación para Prevención y Lucha Contra el Crimen Organizado, para el periodo académico 2018, entre las cuales, se tiene previsto realizar el Tercer Curso de Especialización en la Lucha Contra la Corrupción y la Delincuencia Económica, a llevarse a cabo del 9 al 20 de abril de 2018, en la citada Escuela, ubicada en la ciudad de Caserta ­ República Italiana; Que, a través Mensaje de fecha 13 de marzo de 2018, la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que el Comandante de la Policía Nacional del Perú Enrique Miguel Huasasquiche López y el Capitán de la Policía Nacional del Perú Cristian Eduardo Saavedra Camacho han sido seleccionados para participar en el Tercer Curso de Especialización en la Lucha Contra la Corrupción y la Delincuencia Económica; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 88-2018-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 12 de marzo de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Enrique Miguel Huasasquiche López y del Capitán de la Policía Nacional del Perú Cristian Eduardo Saavedra Camacho, para que participen en el curso antes citado, a realizarse en la ciudad de Caserta ­ República Italiana, del 7 al 21 de abril de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso permite al citado personal policial, adquirir nuevos conocimientos sobre las herramientas y procedimientos utilizados en la lucha contra la corrupción y la delincuencia económica, lo cual redundará en la vida profesional del referido personal, así como en su labor policial al servicio de la Policía Nacional del Perú; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento, alimentación, así como todos los gastos relacionados con las actividades del curso, son asumidos por la Dirección de la Escuela Internacional de Alta Formación para Prevención y Lucha Contra el Crimen Organizado, conforme lo precisa el Informe N° 003-2018-SDG-PNP-DIRASINT-APRITALIA, de fecha 10 de febrero de 2018, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno),

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduanero, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1630757-4

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