Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

Jueves 29 de marzo de 2018 /

El Peruano

de Trabajo (Ley N.° 26636) para que conozcan en adelante procesos contenciosos administrativos laborales, con turno abierto y, manteniendo su denominación. Que, mediante la Resolución Administrativa N.° 033-2018-P-CSJLI/PJ la Presidencia de este distrito judicial dispuso que el 16°, 17°, 19° y 24° Juzgado de Trabajo Transitorios de esta Corte Superior de Justicia, remitan y redistribuyan la totalidad de sus expedientes hacia el 8°, 14°, 15°, 18°, 20°, 25° y 26° Juzgado de Trabajo Transitorios de Lima; del mismo modo, dispuso que el 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28°, 29° y 35° Juzgado de Trabajo Permanentes de esta Corte Superior de Justicia remitan y redistribuyan aleatoriamente hacia el 16° y 17° Juzgado de Trabajo Transitorios de Lima, sus expedientes más antiguos que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de Enero de 2018, debiendo equiparar la carga procesal entre todos estos órganos jurisdiccionales con subespecialidad en procesos contenciosos administrativos laborales. Que, mediante la Resolución Administrativa N.° 073-2018-P-CSJLI/PJ de vistos, se dispuso ampliar el plazo de remisión y redistribución de expedientes del 16°, 17°, 19° y 24° Juzgado de Trabajo Transitorios, hasta el 28 de Marzo del año en curso y, además, se designó como Juez Coordinador del procedimiento de remisión y redistribución de expedientes de los Juzgados convertidos al señor Juez Yony Aquino Quintana, con la finalidad que organice y ejecute cabalmente las disposiciones expuestas precedentemente. Que, mediante el informe de vistos, elaborado por la Coordinación de Estudios y Proyectos de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, se pone a conocimiento de este Despacho que el Juez Coordinador mediante el oficio S/N-24°JTT-YCAQ-CSJLI/PJ solicita a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia prorrogar el plazo establecido al proceso de redistribución dispuesto mediante Resolución Administrativa N.° 073-2018-P-CSJLI/PJ, por las diversas dificultades presentadas detalladas en el referido oficio; así, de la verificación realizada en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) se ha corroborado que el ex 19° Juzgado de Trabajo Transitorio ha terminado de redistribuir la totalidad de sus expedientes, y el ex 24° Juzgado de Trabajo Transitorio aún tiene un estimado de doscientos setenta y nueve (279) expedientes en estado de trámite y dos mil cincuenta y nueve (2,059) expedientes en otros estados procesales pendientes de remitir y redistribuir. En ese sentido, concluye el informe que si bien se señaló plazos perentorios para la remisión y/o redistribución de expedientes, cierto es también que el órgano Jurisdiccional no ha concluido con el proceso de remisión a la mesa de partes correspondiente, siendo ello así, resulta necesario recomendar la ampliación de la fecha de remisión y redistribución de expedientes. Que, ante este escenario descrito, es necesario que la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia disponga las acciones administrativas pertinentes a fin de concluir con el proceso de remisión y redistribución de expedientes del referido órgano jurisdiccional desactivado. Estando a que el Presidente de cada Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa del distrito judicial a su cargo y, dirige la política interna de su Corte Superior de Justicia a fin de garantizar un eficiente servicio de impartición de justicia, corresponde a este Despacho adoptar las medidas pertinentes a fin de cumplir con lo ordenado en las Resoluciones Administrativas de vistos. Que, por las razones expuestas, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia en uso de las facultades conferidas en el inciso b del numeral 3 del artículo 6º de la Directiva Nº 001-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa Nº 031-2012-CE-PJ; artículo 5º de la Resolución Administrativa Nº 020-2013-CE-PJ; el inciso 3 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012;

Artículo Primero.- AMPLIAR de manera improrrogable hasta el 30 de Abril del 2018 la remisión y redistribución de la totalidad de expedientes del desactivado 24° Juzgado de Trabajo Transitorio dispuesta en la Resolución Administrativa N.° 073-2018-P-CSJLI/PJ. Artículo Segundo.- CUMPLA el Juez Coordinador con culminar el proceso de redistribución dentro del plazo señalado en el primer artículo de la presente resolución administrativa e informe a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima, en plazo de dos (2) días hábiles de terminada la redistribución, sobre el cumplimiento de lo ordenado. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y, de la magistrada designada. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1631941-1

Dan por concluidas designaciones, conforman salas y designan magistrados en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 132-2018-P-CSJLI/PJ Lima, 28 de marzo de 2018 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la Resolución Administrativa N° 060-2018-CE-PJ de fecha 07 de febrero del presente año, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvió en su artículo primero convertir a partir del 1 de abril de 2018 los siguientes órganos jurisdiccionales permanentes de esta Corte Superior de Justicia: a) 5° Sala Civil, en 1° Sala Constitucional. b) 3° Sala Penal Liquidadora, en 2° Sala Constitucional; asimismo, en su artículo segundo convierte a partir del 1 de abril del presente año, los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios de esta Corte Superior de Justicia, los cuales ejercerán sus funciones con turno abierto: a) 8° Juzgado de Trabajo Transitorio, en 1° Juzgado Constitucional Transitorio, b) 18° Juzgado de Trabajo Transitorio, en 2° Juzgado Constitucional Transitorio; y, c) 20° Juzgado de Trabajo Transitorio, en 3° Juzgado Constitucional Transitorio. Que, mediante la razón que antecede, se pone a conocimiento de la Presidencia el sensible fallecimiento del señor hermano de la doctora Ofelia Mariel Urrego Chuquihuanga, Presidenta de la Décima Sala Laboral de Lima, suceso acaecido el día veinticinco de marzo del presente año, en ese sentido la Magistrada solicita licencia por fallecimiento por el periodo que corresponda. Que, mediante el ingreso número 149772-2018 el doctor Luis Alberto Mera Casas, Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial pone a conocimiento fotocopia certificada de la Resolución Administrativa N° 033-2018-P-CE-PJ expedida por el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la cual se acepta a partir del 01 de abril del presente año la renuncia formulada por el señor Fernando Santiago Zalvidea

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