Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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N° 10 11 12 13 14 15 16 N° 1 2 3 4 5 6 N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 APELLIDOS Pacheco Curi Rodríguez Mejía Sánchez Inga Salinas Zapata Siccha Macassi Surco Rocca Vélez Arana ECONOMISTAS APELLIDOS Aguilar Brun Grados Aliaga Huarancay Vargas Román Cruzado Salas Gonzáles Saltachín Camayo INGENIEROS APELLIDOS Alegre Elera Busta Arroyo Camarena Ames Málaga Romero Martínez Chang Medina Calvo Paredes Barrantes Raffo Pizzorni Ugaz Castillo APELLIDOS Aguilar Fuchs Aguilar Lequerica Basurto Vicente Chinchay Ticlia Domínguez Rosales Hidalgo Zambrano Ponce Herrera Ubillús Rossel Victorio Celiz Virhuez Botteri Zabarburu Vargas NOMBRES Arnulfo Rubén Arturo Santos Alejandro Héctor Manuel Alberto Edmundo Wilder Constantino Manuel Leoncio Fabio Arístide Julio César NOMBRES César Augusto Teobaldo Francisco Ángel Rosendo Juan Óscar Juan Manuel Wuilfredo Brenda Madeleine Jorge Luis César Augusto Ángel Humberto NOMBRES Helga Silvia Walter Rómulo Guillermo César Andrés Félix Raul Ángel Alejandro NOMBRES Orlando Enrique Mercedes Judith Blanca Flor Sara Lupe Elizabeth Rosa Carmen José Sócrates

NORMAS LEGALES
D.N.I. 06182736 07144533 07850929 10786122 06731377 08624540 06023264 D.N.I. 07992951 08535439 09129901 08726104 08853692 08196124 D.N.I. 09431686 06248781 08090499 07223209 08764368 08542553 07749544 06633489 17403115 D.N.I. 41867366 40102729 07366604 43273632 09927338 43813303 22658936 25704571 07620082 06282517 43326915

Jueves 29 de marzo de 2018 /

El Peruano

Designan y Reasignan Jueces Provisionales y Supernumerarios en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 671-2018-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 28 de marzo de 2018 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas N° 334-2010, N° 053-2017 y N° 046-2018-CE-PJ, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; la Resolución Administrativa N° 044-2018-P-CE-PJ de la Presidencia del mismo Consejo; y, las Resoluciones Administrativas N° 23082017 y N° 409-2018-P-CSJLIMASUR/PJ, expedidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el trece de octubre de dos mil diez, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la cual fue publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el siete de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. La sociedad requiere de magistrados idóneos cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y, que por encima de las normas legales y la carga procesal, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional; situación que exige de los magistrados una impartición de justicia con independencia e imparcialidad y, además, con probidad, veracidad y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro y sentido común. Desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que se requiere en el desempeño de las responsabilidades jurisdiccionales, para beneficio de los ciudadanos y los justiciables. Todo lo cual abona en una justicia pronta y eficaz. Resulta relevante recordar que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, siendo el Juez el depositario de la función del Estado para administrar justicia. La sociedad además nos exige mayor celeridad y eficacia en el cumplimiento de los plazos procesales; creación de mecanismos que permitan un mayor acceso al servicio de justicia; mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos; y, mayor uniformidad de criterios en casos similares. Por lo tanto, si consideramos que un Juez diligente es aquel que toma en serio su responsabilidad frente a la comunidad y frente a las partes, entonces debe ser capaz de dejar de lado sus intereses particulares para ejercer dicha función sin ninguna interrupción. Mediante Resolución Administrativa N° 23082017-P-CSJLIMASUR/PJ, esta Presidencia dispuso, entre otros, designar al abogado Ditmar Julio Zumaeta Hernández como Juez de Paz Letrado Civil de Villa El Salvador, a partir del dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete. Asimismo, por Resolución Administrativa N° 409-2018P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso designar al magistrado José Alfredo Cruzado Echevarría, como Juez Provisional del Juzgado Penal Transitorio de Lurín, a partir del cinco de marzo del presente año.

PERITOS GRAFOTÉCNICOS

Artículo Segundo.PRECISAR que sólo los Peritos Judiciales nombrados en el artículo precedente de la presente resolución administrativa podrán ser designados como tales, a partir del 28 de marzo de 2018, en mérito a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 406-2018-P-CSJLIMASUR/PJ. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, a la Gerencia de Administración Distrital, Magistrados y demás áreas administrativas que correspondan de esta Corte, para los fines pertinentes. Regístrese, cúmplase y archívese. MARCO FERNANDO CERNA BAZÁN Presidente 1631872-1

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