Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2018 (06/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 6 de mayo de 2018 /

El Peruano

el considerando precedente y proceder a designar y encargar a los trabajadores que asumirán dichos cargos de confianza en su reemplazo; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 07 de mayo de 2018, la designación de la señora Rosalía Cristina Muñoz Li en el cargo de Intendente Lima y la designación de la señora Patricia Estela Zapata Sotelo en el cargo de Gerente de Fiscalización de la Intendencia Lima, ambos cargos dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, dándoseles las gracias por la labor realizada. Artículo 2°.- Dejar sin efecto, a partir del 07 de mayo de 2018, la encargatura del señor Luis Antonio Acosta Vílchez en el cargo de Intendente Regional Piura, dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, dándosele las gracias por la labor realizada. Artículo 3°.- Designar a partir del 07 de mayo de 2018 al señor Luis Antonio Acosta Vílchez en el cargo de Intendente Lima, dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. Artículo 4°.- Encargar a partir del 07 de mayo de 2018 a la señora María Luisa Requena Yachachín en el cargo de Gerente de Fiscalización de la Intendencia Lima, con retención de su cargo de Jefe de División de Fiscalización de Principales Contribuyentes, y al señor Percy Miguel Zapata Paulini en el cargo de Intendente Regional Piura, con retención de su cargo de Jefe de División de Auditoría de la Intendencia Regional Piura, cargos dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1644584-1

está organizando un Taller Internacional sobre Medidas Alternativas, que se realizará del 9 al 11 de mayo del presente año, en la ciudad de Panamá, República de Panamá. Segundo. Que los objetivos de la citada actividad son los siguientes: a) Permitir a los países identificar como pueden activar procesos para la ejecución y el uso de medidas alternativas, a través de sus debilidades y fuerzas; y después de haber tomado conocimiento de buenas prácticas europeas y latinoamericanas; b) Determinar lo necesario en materia de legislación o de organización; así como, de procedimientos y metodología para optimizar la ejecución de medidas alternativas en cada país; c) Determinar aspectos que no dependan del sistema de justicia o del penitenciario, que dificulten el desarrollo de las medidas alternativas y que necesitan acciones específicas; y d) Brindar a cada país la oportunidad para identificar necesidades en esta temática, a las cuales el programa pueda dar respuesta mediante las próximas asesorías técnicas. Tercero. Que, en la mencionada actividad académica se intercambiarán experiencias y conocimientos sobre medidas alternativas, a fin de activar procesos para su ejecución, lo que contribuirá a mejorar e innovar el sistema judicial peruano; y redundará en un mejor servicio de impartición de justicia. En tal sentido, se ha designado a la doctora Ingrid Morales Deza, Jueza de Investigación Preparatoria del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participe en el citado evento. Cuarto. Que el Decreto Supremo Nº 056-2013PCM concordado con la Ley Nº 27619, regula el giro de gastos por concepto de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; según la escala aprobada por la citada norma. Que la entidad organizadora cubrirá los costos de instrucción del Taller, pasajes aéreos internacionales, alojamiento, alimentación y traslados internos; excepto el seguro médico de viaje. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la doctora Ingrid Morales Deza, Jueza de Investigación Preparatoria del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima, del 8 al 12 de mayo del año en curso, para que participe en el "Taller Internacional sobre Medidas Alternativas", que se llevará a cabo en Panamá, República de Panamá; concediéndosele licencia con goce de haber por las referidas fechas. Artículo Segundo.- La Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, sufragará los gastos de: USD Assist card : 22.50

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan viaje de Jueza de Investigación Preparatoria del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 064-2018-P-CE-PJ Lima, 23 de abril de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 2432-2018-SG-CS-PJ, cursado por el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República; y el Oficio Nº 454-2018-GG-PJ, de la Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la Jefa de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional del Poder Judicial, hace de conocimiento de la Presidencia de este Poder del Estado que la Unión Europea a través del Programa El PAcCTO,

Artículo Tercero.- La mencionada jueza deberá presentar un informe a este despacho y en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográfico en físico o CD para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial; iii) En caso sea pertinente presentará la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del mencionado Centro de Investigaciones; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior, con conocimiento del referido Centro de Investigaciones. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Corte

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