Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2018 (06/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 6 de mayo de 2018 /

El Peruano

Que, de la carta de invitación cursada por correo electrónico, por el Comité Ejecutivo de la citada Conferencia Regional, se desprende que el Instituto Internacional para la Educación Superior de América Latina y el Caribe (IESALC) de la UNESCO en conjunto con la Universidad Nacional de Córdova (UNC), el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) de la Argentina y la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) del Ministerio de Educación de la Nación Argentina son los organizadores de este evento, en el cual se realizará el debate, análisis y planificación más importante de la región en lo que respecta a la Educación Superior (ES); por lo que manifiesta que la activa participación del Vicerrector Académico de la UNSAAC, será muy valiosa para el éxito en la prosecución de los objetivos de la reunión. Asimismo, señala que el evento no tiene costo de inscripción y que los costos de traslado y estadía corren por cuenta de los participantes; Que, en lo concerniente a la ejecución de gasto público, es vigente la Ley del Presupuesto Nº 30693; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Reglamentada por el D.S. Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines; Que, al respecto el Art. 1º de la Ley Nº 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la UNSAAC; asimismo, el Art. 3º de la referida Ley, señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial "El Peruano", con anterioridad al viaje; Que, igualmente mediante Resolución Nº CU-03482016-UNSAAC, del 24 de noviembre de 2016, se aprueba la Directiva para autorización de viajes y otorgamiento de viáticos por Comisión de Servicio dentro y fuera del país, la misma que a la fecha se encuentra vigente; Que, a través de la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 1070-2018, la Jefe de la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Planificación, informa que existe crédito presupuestal, precisando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme al detalle que se considera en la parte resolutiva; Que, la solicitud formulada por el Sr. Vicerrector Académico ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario en Sesión Ordinaria del día 04 de abril de 2018, siendo aprobada por unanimidad, por tanto, deberá emitirse la resolución correspondiente; Estando a los actuados, Ley del Presupuesto Público para el año Fiscal 2018, Ley Nº 30693, Resolución Nº CU-0348-2016-UNSAAC, y en uso a las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR EN COMISIÓN DE SERVICIO al Dr. EDILBERTO ZELA VERA, Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, del 10 al 16 de junio de 2018, a fin de constituirse en la ciudad de Córdova, República de Argentina, para participar en la III CONFERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CRES 2018) de la UNESCO, la cual se llevará a cabo del 11 al 15 de junio de 2018, organizado por el Instituto Internacional para la Educación Superior de América Latina y el Caribe (IESALC) de la UNESCO, conjuntamente que la Universidad Nacional de Córdova (UNC), el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) del Ministerio de Educación de la Nación Argentina. Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración otorgue a favor del comisionado lo siguiente: Dr. EDILBERTO ZELA VERA - Pasajes aéreos Cusco-Lima-Cusco - Pasajes aéreos Lima-Argentina-Lima - Viáticos por un (01) día, en el importe de S/. 380.00 - Viáticos por cuatro (04) días, en el importe de $ 200.00 dólares americanos, por día al tipo de cambio en moneda nacional.

Tercero.- EL EGRESO, se atenderá con cargo a: CATEGORÍA PRESUPUESTAL PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO/PROYECTO META ESPECÍFICA DE GASTO PROGRAMAS PRESUPUESTALES CON ENFOQUE A RESULTADOS 0066 FORMACIÓN UNIVERSITARIA DE PREGRADO 3000001 ACCIONES COMUNES 0016 23.21.11 (Lima-Argentina ­ Lima) 23.21.21 (Cusco-Lima-Cusco) 23.21.12 (Viáticos x 04 días) 23.21.22 S/. 380.00 (día de enlace) RECURSOS ORDINARIOS

ACTIVIDAD/ACCION/OBRA 5000276 GESTIÓN DEL PROGRAMA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

CERTIFICACIÓN VÁLIDA POR 15 DÍAS Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley Nº 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del comisionado de presentar ante la Dirección General de Administración, el informe documentado de gastos, en el término de quince (15) días calendarios, computados desde el día siguiente de retorno a esta ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nº CU0348-2016-UNSAAC y Art. 10º del D.S. Nº 047-2002PCM,. Para cuyo efecto presentará los Formatos Nros. 01, 02, 03 y 04 aprobados por dicha Resolución y que serán proporcionados por el Área de Tesorería. Asimismo, deberá presentar el informe correspondiente ante el Consejo Universitario. La Dirección General de Administración y la Unidad de Logística, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. BALTAZAR NICOLÁS CÁCERES HUAMBO Rector 1644083-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de La Perla, Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN Nº 0235-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00149 LA PERLA - CALLAO RENUNCIA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 Lima, diecinueve de abril de dos mil dieciocho. VISTO el escrito recibido el 9 de abril de 2018, a través del cual Diofémenes Arístides Arana Arriola, teniente alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla, Provincia Constitucional del Callao, remitió documentación relacionada a la renuncia presentada por la alcaldesa Patricia Rosa Chirinos Venegas. CONSIDERANDOS 1. El artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, Congresista, Gobernador o Vicegobernador del Gobierno Regional los alcaldes deben

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