Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2018 (13/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 13 de noviembre de 2018 /

El Peruano

modificación del Cronograma de Transferencias 20182019 para el financiamiento de los proyectos antes mencionados, de los cuales es beneficiario el SERNANP con fondos del Fideicomiso antes mencionado; y según el cual, el monto del primer desembolso para el año fiscal 2018 asciende a la suma de S/ 307 930,00; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 375-2018-MINAM de fecha 31 de octubre de 2018, se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General, del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2018, con cargo a la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de S/ 307 930.00, como acto previo a la transferencia de recursos a favor del SERNANP, para la ejecución de los proyectos: "Apoyo a las actividades de saneamiento de la actividad minera en la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, Parque Nacional Bahuaja - Sonene y Reserva Comunal Amarakaeri" y "Apoyo a la gestión y protección y monitoreo ambiental en el ámbito de su competencia funcional en la Reserva Nacional Pacaya Samiria - Sector Marañon - Samiria zona de influencia del Lote 8"; Que, el inciso viii) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional al Ministerio del Ambiente las transferencias financieras para el financiamiento de las acciones para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en el marco de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; asimismo, el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del Titular del pliego; Que, el artículo 16 de la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01 y modificatorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de las transferencias financieras; Que, con Memorando N° 01279-2018-MINAM/SG/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 00826-2018-MINAM/SG/OGPP/ OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, mediante el cual se concluye, en virtud a la Resolución Ministerial N° 375-2018-MINAM y documentos antecedentes, que corresponde efectuar la Transferencia Financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, hasta por la suma de S/ 307 930,00, a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, con cargo a la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM; el Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM que autoriza la constitución del Fideicomiso para la administración de recursos recaudados por concepto de multas impuestas por infracciones a normas ambientales; y, la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de Trescientos Siete Mil Novecientos Treinta y 00/100 Soles (S/ 307 930,00), a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP,

con cargo a la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, para la ejecución de los proyectos: "Apoyo a las actividades de saneamiento de la actividad minera en la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, Parque Nacional Bahuaja - Sonene y Reserva Comunal Amarakaeri" y "Apoyo a la gestión, protección y monitoreo ambiental en el ámbito de su competencia funcional en la Reserva Nacional Pacaya Samiria ­ Sector Marañon ­ Samiria zona de influencia del Lote 8", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La Oficina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1711650-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes del Ministerio a la República Dominicana, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 432-2018-MINCETUR Lima, 9 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de la promoción de las exportaciones y turismo, y representa al país en los foros y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración y actuar como órgano de enlace entre el Gobierno peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico ­ OCDE, es un foro que tiene como misión promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, donde los gobiernos trabajan conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a problemas comunes en aspectos económico, social y ambiental; Que, la Iniciativa de la OCDE sobre Cadenas Globales de Valor, Transformación Productiva y Desarrollo es una plataforma mundial que fomenta el diálogo de políticas y el intercambio de conocimientos entre países miembros y no miembros de la OCDE, para apoyar la transformación productiva y mejorar la participación en los mercados internacionales, siendo sus principales objetivos mejorar la medición y evidencia sobre nuevas tendencias en la organización de la producción y el comercio, e identificar recomendaciones para implementar políticas efectivas para promover el desarrollo a través de la integración a las cadenas globales de valor (CGV); Que, dicha iniciativa cuenta con la participación de 18 países, incluido el Perú, con el apoyo de un Consejo Consultivo compuesto por expertos de organizaciones

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