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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (22/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 22 de noviembre de 2018 / El Peruano infracciones al Código de Ética de la Función Pública, así como efectuar el seguimiento a través de los sistemas de información pertinentes, y consolidar, en coordinación con los órganos competentes, la información sobre la atención de denuncias presentadas, por actos que afecten la Ética Pública y por actos de corrupción; Que, en la medida que el SIMEX está diseñado para el registro de información de los procedimientos administrativos disciplinarios que se siguen en el sector educación, resulta necesario la aprobación de una Norma Técnica que regule su uso; Que, a través del Memorándum N° 866-2018-MINEDU/ SG-OTEPA la OTEPA remite a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 242-2018-MINEDU/SG-OTEPA, con el cual se sustenta la necesidad de aprobar una norma técnica que establezca las disposiciones que regulen el uso del SIMEX, la misma que tiene como objeto el registro, seguimiento y/o monitoreo de las denuncias, así como el trámite de los procedimientos administrativos disciplinarios por parte de las entidades, órganos y programas señalados en los alcances de la Norma Técnica, respecto de las faltas administrativas o infracciones éticas cometidas por el personal docente, auxiliar de educación o administrativo, en el ámbito de sus competencias; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de Gestión Escolar, de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan el Uso del Sistema Informático de Monitoreo de Expedientes–SIMEX”, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación–SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1715326-1 Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 185-2018-MINEDU Lima, 21 de noviembre 2018Vistos, el Expediente N° DICOPRO2018-INT-0207021, Informe Nº 168-2018-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe N° 1140 -2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Ley N° 29658, se crea la Universidad Nacional Autónoma de Huanta -UNAH, con domicilio en la ciudad de Ayacucho, distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, sobre la base de la actual sede en dicha provincia de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta- UNAH; Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica antes citada, establece que la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad Superior Universitaria, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 054-2018-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, quedando integrada de la siguiente manera: JUAN MANUEL GARAY ROMAN, Presidente; CECILIA HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA, Vicepresidenta Académica; y a LIGIA ISAIDA ROSAURA GUTIERREZ DEZA, Vicepresidenta de Investigación;