Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2018 (01/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 1 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Viceministerial de Hacienda
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 324-2018-EF/43 Lima, 28 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 138-2018EF/43, se designó a la señorita Rosario Riofrío Espinoza, en el cargo de Asesor II, Categoría F-5, del Despacho Viceministerial de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la señorita Rosario Riofrío Espinoza ha presentado su renuncia al referido cargo, por lo que resulta pertinente aceptarla; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único. Aceptar, la renuncia presentada por la señorita Rosario Riofrío Espinoza, al cargo de Asesor II, Categoría F-5, del Despacho Viceministerial de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 1 de octubre de 2018, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1697223-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban el "Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0401-2018-JUS Lima, 28 de septiembre de 2018 VISTOS; el Informe N° 017-2018-JUS-OILC, de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Informe N° 1792018-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 668-2018-JUS/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción cuyo objetivo general es dotar al Estado Peruano, de mecanismos que garanticen la prevención y sanción de la corrupción, propiciar el

mejoramiento continuo de las instituciones, corrigiendo aquellas fallas del sistema que aprovecha la corrupción; Que, la citada Política Nacional se organiza en tres ejes, en atención a las etapas de actuación en materia de integridad y lucha contra la corrupción: Capacidad preventiva del Estado frente a los actos de corrupción, identificación y gestión de riesgos, y capacidad sancionadora del Estado frente a los actos de corrupción; Que, el artículo 6 del citado Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, establece que la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción desarrolla el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, con una actualización periódica cada cuatro (4) años, para la implementación de los objetivos y lineamientos previstos en la Política Nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, el Poder Ejecutivo aprobó el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 ­ 2021, que establece las acciones priorizadas que sobre la materia se deben emprender para prevenir y combatir la corrupción e impulsar la integridad pública, en el marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; Que, entre los objetivos específicos del aludido plan se encuentran garantizar la transparencia y el acceso a la información; consolidar una gestión de información integrada para la prevención de la corrupción; impulsar y consolidar la reforma electoral y de las organizaciones políticas; promover una cultura de integridad y de ética públicas en los servidores y ciudadanos; instalar y consolidar la gestión de conflictos de intereses y la gestión de intereses en el Estado; Que, la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, ha elaborado el Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de manera consensuada con el Instituto Nacional Penitenciario y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, proponiendo su aprobación. Que, el Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es un instrumento de política primordial para una gestión pública en el marco de la ética y transparencia que contribuye al fortalecimiento del Sector Justicia y permitirá fortalecer las acciones en la lucha contra la corrupción; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 092-2017PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos", el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La implementación del "Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos" es de responsabilidad de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, del Instituto Nacional Penitenciario y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. minjus.gob.pe), así como en los portales institucionales de los organismos descentralizados citados en el artículo precedente, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1696958-1

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