Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2018 (02/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
VISTA:

Martes 2 de octubre de 2018 /

El Peruano

establecidas en la Constitución y la Ley, al señalar que "el voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta (70) años"; Que el ejercicio del sufragio constituye un deber­ derecho del ciudadano que según la ley, le es exigible incluso coercitivamente. Por mandato legal este deber­ derecho le corresponde a los ciudadanos, entendiéndose como tales, a todos aquellos peruanos de uno y otro sexo, que han cumplido 18 años de su edad y que se encuentra en consecuencia en capacidad de ejercicio; Que existe la posibilidad de que un número indeterminado de personas que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de realización del acto electoral correspondiente, no hayan efectuado oportunamente el cambio de su documento nacional de identidad ­ DNI de menor de edad por el documento nacional de identidad ­ DNI de mayor de edad, siendo así, corresponderá admitir el documento nacional de identidad ­ DNI de menor de edad, para los efectos de sufragar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, para el día 07 de octubre de 2018; Que la presente Resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria, así como las disposiciones contenidas en la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y su modificatoria y en lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar excepcionalmente, hasta el domingo 07 de octubre de 2018, la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- Admitir el documento nacional de identidad ­ DNI de menor de edad, para los efectos de sufragar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, para el día 07 de octubre de 2018; Artículo Tercero.- Precisar que dicha prórroga sólo surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1697385-1

LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA

La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de tres (03) agencias, según se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre temporal de las referidas agencias; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al BBVA Continental el cierre temporal de tres (03) agencias, según el siguiente detalle:
Tipo de Nombre Oficina de Oficina CC Monterrico Provincia y Departamento Fecha de cierre A partir de:



Dirección

Distrito

Plazo

1

Av. La Encalada Nº 615

Santiago de Surco

C.C. Cono Norte, Tiendas 2 y 3, Av. 2 Megaplaza Alfredo Mendiola Independencia Agencia N° 3698, Valle de Piedra Liza 3 Av. Tomás Valle Plaza Lima con Panamericana Independencia Norte Norte, Local CF-06

Lima

Fecha de la presente Resolución de Autori60 días zación

12/11/2018

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1696204-1

Autorizan viaje de funcionario de la SBS a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 3739-2018 Lima, 26 de setiembre de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión del Comité Técnico, que se llevará a cabo los días 10 y 11 de octubre de 2018 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación de Supervisores

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al BBVA Continental el cierre temporal de 3 agencias ubicadas en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 3690-2018 Lima, 24 de setiembre de 2018

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