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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (05/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 5 de octubre de 2018 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana” ; Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural ; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identi fi car, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural; Que, a través del O fi cio N° 1141-2017-MML-PMRCHL recibido el 7 de agosto de 2017, la Gerencia del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima (PROLIMA), solicitó declarar como Patrimonio Cultural de la Nación la Festividad de la Virgen del Carmen de Barrios Altos, del distrito de Lima, provincia de Lima, departamento de Lima; Que, mediante Informe N° 900313-2018/DGPC/ VMPCIC/MC, de fecha 6 de setiembre de 2018, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe N° 900118-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de fecha 29 de agosto de 2018, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomendó declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad de la Virgen del Carmen de Barrios Altos ; Que, Barrios Altos es una de las zonas más antiguas de Lima, siendo habitada desde tiempos prehispánicos. Se trata de un espacio cultural donde con fl uyen familias de orígenes culturales diversos cuya historia se ha construido según los cambios y crecimiento de la ciudad desde el establecimiento del Virreinato. Según el sociólogo Aldo Pan fi chi, antes de la Colonia, Barrios Altos fue un lugar de tránsito entre el valle costeño del Rímac y los Andes centrales, así como un punto estratégico de distribución de agua a través del río Huatica, lo cual estaría relacionado con el establecimiento de los adoratorios indígenas más importantes del valle de Lima en esta zona. A su vez, ello se vincularía con la posterior instalación de diversos monasterios y templos católicos durante el Virreinato, lo cual convirtió a Barrios Altos en uno de los centros religiosos de la ciudad de Lima. Hasta nuestros días, la zona se caracteriza por la devoción que sus vecinos tienen por distintas imágenes, práctica que constituye parte fundamental de su patrimonio cultural e identidad; Que, una de las expresiones religiosas más populares de Barrios Altos es la devoción a la Virgen del Carmen, fe compartida por vecinos y familias, quienes a lo largo de varias generaciones han mantenido este tradicional culto. Según la Iglesia católica, el origen de la devoción a la Virgen del Carmen en el mundo, se encontraría entre los monjes ermitaños que oraban en el monte Carmelo (Palestina), conocidos como carmelitas . Según la historia de la Orden Carmelita, en el siglo XI, un grupo de ellos se trasladó a Europa debido a la invasión musulmana y el 16 de julio de 1251, la Virgen se le apareció a San Simón Stock en Inglaterra, prometiéndole su ayuda. Siglos después, la Orden fue reformada por Santa Teresa de Jesús (1515-1582), momento a partir del cual los conventos carmelitas se extendieron por España y llegaron a América; Que, en el Perú, la devoción a la Virgen del Carmen habría sido introducida por los esposos Catalina María Doria y Domingo Gómez de Silva, quienes fundaron la iglesia de Carmen de la Legua en 1605 en el Callao, como un acto de fe y agradecimiento luego de encomendarse a la Virgen cuando su barco estuvo a punto de naufragar. Posteriormente, se fundó el Monasterio de Carmelitas Descalzas en el área de la que fuera la vivienda de la pareja, que en un inicio se estableció como un albergue para niñas, donde también se construyó una iglesia. Las niñas vestían el hábito de la Virgen del Carmen, aprendían a leer, escribir, rezar, cantar y bordar; allí se le transmitía también la devoción a la Virgen del Carmen. Fue así que cuando llegaron al Perú provenientes de Cartagena de Indias, las hermanas María de San Agustín, Juliana de la Madre de Dios y Lucía de Santa Teresa encontraron: la iglesia construida, la devoción a la Virgen del Carmen arraigada en Barrios Altos y a las niñas para empezar el Monasterio, el cual fue fundado el 17 de diciembre de 1643. Según el expediente, la iglesia de la Virgen del Carmen habría sido uno de los templos más concurridos por los virreyes y los oidores de la Real Audiencia, visitándola durante la fi esta de Nuestra Señora del Carmen y la fi esta de Santa Teresa de Jesús; Que, actualmente, la iglesia de la Virgen del Carmen constituye un lugar de culto a lo largo de todo el año, realizándose misas todos los días y especialmente los domingos. Por ello, el templo se encuentra abierto la mayor parte del día para todos los fi eles que oran y expresan sus pedidos a la Virgen. Existen dos imágenes de la Virgen del Carmen en el monasterio, una del siglo XVII, que actualmente está en el altar mayor, y otra que fue donada en el siglo XVIII y se encuentra en el área del Coro de la Comunidad de Madres; esta es la que sale en procesión, pues es más pequeña y fácil de trasladar. El monasterio se mantiene activo gracias a la labor de la Comunidad de Madres Carmelitas Descalzas, quienes llevan un estilo de vida que se inspira en la vida de Santa Teresa de Jesús y en la doctrina de San Juan de la Cruz. La vida cotidiana de esta comunidad se organiza en torno a la oración y su trabajo dentro del Monasterio, donde las religiosas realizan diversas labores para su adecuada conservación y mantenimiento; Que, además de la Comunidad de Madres Carmelitas Descalzas, desde los inicios de la devoción a la Virgen del Carmen de Barrios Altos, existen dos organizaciones de laicos dedicadas a mantener y transmitir la fe en la