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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (05/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Viernes 5 de octubre de 2018 / El Peruano ENERGIA Y MINAS Aprueban la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 463-2014 solicitada por la Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 368-2018-MEM/DM Lima, 27 de setiembre de 2018VISTOS: El Expediente N° 14344214 sobre la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. H1 – S.E. Chanchamayo, cuyo titular es Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L.; la solicitud de la primera modi fi cación de dicha concesión y aprobación de la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 463-2014 (en adelante, el CONTRATO); y, los Informes N° 296-2018-MEM/DGE-DCE y N° 950-2018-MEM/OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de setiembre de 2011, Renovables de los Andes S.A.C. y el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energía y Minas, suscriben el contrato de concesión para el suministro de energía renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (en adelante, Contrato de Concesión RER), correspondiente a la Central Hidroeléctrica RenovAndes H1, estableciéndose el día 31 de diciembre de 2014 como fecha prevista de la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC); Que, mediante Resolución Suprema N° 016-2015- EM, publicada el 23 de abril de 2015, se otorga a favor de Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. H1 – S.E. Chanchamayo, ubicada en los distritos de Chanchamayo, Perené y San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, aprobándose el CONTRATO; Que, mediante Carta SA 150.18 con Registro N° 2844782, de fecha 13 de agosto de 2018, Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L. solicita modi fi car la cláusula séptima y el Anexo N° 4 del CONTRATO, a fi n de consignar la fecha de su POC en el correspondiente contrato de concesión de fi nitiva, y de esta manera sea congruente con las fechas señaladas en el Cronograma de Ejecución de Obras que fi gura en el Contrato de Concesión RER; Que, mediante Resolución Ministerial N° 358-2018- MEM/DM, de fecha 18 de setiembre de 2018, se aprueba el texto de la Adenda N° 4 al Contrato de Concesión RER, autorizándose la modi fi cándose de la fecha de la POC del Cronograma de Ejecución de Obras al 20 de marzo de 2018, debido a eventos de fuerza mayor; dicha Resolución Ministerial se sustenta en el Informe N° 303-2018-MEM-DGE, elaborado por la DGE; Que, los Informes de Vistos indican que el artículo 37-D del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que “cuando el peticionario solicite una concesión de fi nitiva o autorización de generación como consecuencia de un proceso de promoción de la inversión privada a cargo del Estado, la concesión de fi nitiva o autorización de generación recogerá el cronograma de ejecución de obras establecido en dicho proceso (…)”; en dicho sentido, recomiendan aprobar la Cláusula Séptima del CONTRATO; no siendo necesaria la modi fi cación del Anexo N° 4; Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento; por lo que recomienda aprobar la Primera Modi fi cación al CONTRATO, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modi fi caciones, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014 y sus modi fi catorias, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 463-2014, solicitada por Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L., en lo referido a modificar la Cláusula Séptima, con relación a la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. H1 – S.E. Chanchamayo, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 463-2014, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 463- 2014, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1697558-1 Aprueban Segunda Modificación al Contrato de Concesión N° 400-2012 solicitada por la Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2018-MEM/DM Lima, 28 de setiembre de 2018 VISTOS: El Expediente N° 11275911 sobre la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica RenovAndes H1, cuyo titular es Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L.; la solicitud de la segunda modi fi cación de dicha concesión y aprobación de la Segunda Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 400-2012 (en adelante, el CONTRATO); y, los Informes N° 295-2018-MEM/DGE-DCE y N° 903-2018-MEM/OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;