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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (08/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Lunes 8 de octubre de 2018 / El Peruano Coronel FAP CARLOS MARTIN BRINGAS MARAVI NSA: O-9573689 DNI: 43354059Coronel FAP DORIAN IVANE SAMANEZ MONTESINOS NSA: O-9581990 DNI: 07975106Coronel FAP ENRIQUE JUAN SARMIENTO GAMIO NSA: O-9557688 DNI: 06772674Coronel FAP FABRIZIO WILLIAM CHIRINOS DELGADO NSA: O-9584090 DNI: 29538370Coronel FAP PEDRO LUIS ABAD CACERES NSA: O-9585890 DNI: 43346398Técnico Inspector FAP JORGE MARAZA QUISPE NSA: S-12368686 DNI: 29634678Empleado Civil FAP ROSARIO HELEN ROJAS CORAL NSA: C-70865199 DNI: 08018165Empleado Civil FAP NILDA CARMEN PIZARRO TAPIA NSA: C-70962206 DNI: 08209309Empleado Civil FAP EDWARD JONN PINO HURTADO NSA: C-P0127908 DNI: 43338651 Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes Aéreos: Lima – Ciudad de Washington (Estados Unidos de América) - Lima: US$ 1,600.00 X 24 personas (Incluye TUUA) = US$ 38,400.00 Viáticos US$ 440.00 X 07 días X 24 personas X 40% = US$ 29,568.00 ------------------------- Total a Pagar = US$ 67,968.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1699763-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 231-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y del pliego 342: Instituto Peruano del Deporte;Que, mediante el párrafo 24.1 del artículo 24 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, se autoriza en el año fi scal 2018, a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en su presupuesto institucional para la ejecución en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, de las inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema, previstos en el Anexo Nº 5 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para aprobar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio, para el fi nanciamiento de las referidas inversiones y proyectos; estableciendo que dichos decretos supremos se publican en el diario o fi cial El Peruano hasta el 08 de octubre del año 2018, y las propuestas solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 01 de octubre de 2018; Que, el párrafo 24.2 del citado artículo, establece que las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema, a ser fi nanciados con las transferencias autorizadas por el artículo 24, deben contar con la opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector o la que haga sus veces sobre el cumplimiento de las normas técnicas y criterios de priorización del Sector, y respecto a su registro en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones del Sector; indicándose que para el caso de las referidas inversiones y proyectos que no cuenten con estudio de fi nitivo o expediente técnico, la transferencia de recursos se efectúa sólo para fi nanciar este fi n, siempre que estén registradas en la Cartera de Inversiones del respectivo Programa Multianual de Inversiones y cuenten con opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector o la que haga sus veces sobre el cumplimiento de las normas técnicas y criterios de priorización del Sector; Que, con Memorando Nº 2231-2018/VIVIENDA- OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 279-2018/VIVIENDA-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestal respecto de que cuenta con los recursos para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 8 721 921,00 (OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y S/ 25 675 373,00 (VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi cinales de Crédito para fi nanciar 11 (once) proyectos de inversión en infraestructura urbana y en saneamiento urbano y rural, en el marco de los convenios celebrados con 11 (once) Gobiernos Locales; asimismo veri fi ca que los citados proyectos fueron previstos en el Anexo N° 5 de la Ley N° 30693; e informa que la O fi cina de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emitió su conformidad para el fi nanciamiento de los proyectos de inversión, precisando que dichos proyectos están alineados al cierre de brechas en cobertura y calidad y a los criterios de priorización establecidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; en mérito de lo cual, con O fi cio N° 3653-2018-VIVIENDA/SG el referido Ministerio solicita gestionar la referida transferencia de recursos; Que, el Instituto Peruano del Deporte, mediante los Ofi cios N°s 172-2018/GG, 160-2018-IPD/OPP, 162- 2018-IPD/OI y 163-2018-IPD/OI, remite al Ministerio de Educación, la información para fi nanciar la ejecución de 02 (dos) proyectos de inversión en infraestructura