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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (18/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Martes 18 de setiembre de 2018 / El Peruano (1), Piura (1) y Tumbes (2), en el marco de la intervención No Concursable Excepcional (NCOEX) NC-01; Que, a través del Informe N° 1147-2018-TP/ DE/UGPPME-CFPP, la Coordinación Funcional de Plani fi cación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación informa que se cuenta con crédito presupuestario constituido por la Certi fi cación del Crédito Presupuestario N° 1094-2018, por el importe de S/ 30 754 364,00 (Treinta Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), para fi nanciar el Aporte Total de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” de los precitados convenios suscritos con los organismos ejecutores, en el marco de la intervención No Concursable Excepcional (NCOEX) NC-01, conforme a lo dispuesto en el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693; Que, mediante el Informe N° 344-2018-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” considera viable jurídicamente la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante el Memorándum N° 032- 2018-MTPE/4/9.1, de la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, el Informe Técnico N° 100-2018-MTPE/4/9.1, del Responsable de la OPMI, el Informe Técnico N° 091-2018-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, el Memorándum N° 705-2018-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica se pronuncia favorablemente a través del Informe N° 2391-2018-MTPE/4/8, sobre la viabilidad jurídica sobre el acto de administración solicitado que dispone la presente transferencia fi nanciera a favor de los organismos ejecutores del sector público a que alude la presente resolución administrativa; Con los visados del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y de las O fi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR y modi fi cado por Decreto Supremo N° 020-2017-TR; y el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total de esta Unidad Ejecutora de cuarenta y un (41) convenios en el marco de la intervención No Concursable Excepcional (NCOEX) NC-01 por el importe total de S/ 30 754 364,00 (Treinta Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo precedente se publique en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www.trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1692360-1 Designan responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2018-TR Lima, 17 de setiembre de 2018VISTOS: El Informe N° 57-2018-MTPE/4/12 de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y el Informe N° 2312-2018-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 042-2011- PCM, establece que “las entidades de la Administración Pública, señaladas en los numerales del 1 al 7 del artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podrán formular sus reclamos, debiendo consignar además información relativa a su identidad y aquella otra información necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado”, con la fi nalidad de establecer un mecanismo de participación ciudadana para lograr la efi ciencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los trámites y servicios que se les brinda; Que, el artículo 5 de la norma citada en el considerando precedente, señala que mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; Que, mediante documento de vistos, la O fi cina General de Recursos Humanos señala que acorde al marco normativo enunciado, resulta necesario emitir el acto de administración que designe al/la servidor/a responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones de las O fi cinas Generales de Recursos Humanos, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, que establece la obligación de las entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, y modi fi catoria, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la señora JULIA DELIA CABRERA HERNANDO, profesional de la O fi cina General de Recursos Humanos, quien deberá velar por su correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos que fuesen registrados en dicho Libro de Reclamaciones. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución del Secretario General N° 070-2016-TR/SG, de fecha 03 de marzo de 2016. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.