Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2018 (18/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Martes 18 de setiembre de 2018 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembros de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 159-2018-INDECOPI/COD Lima, 14 de setiembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 0026-2017/GRH, Informe Nº 2952017/GEL, el Informe Nº 087-2017/GEG, el Informe Nº 076-2018/GEG, el Informe Nº 0156-2018/GRH, el Memorándum Nº 1747-2018/GEL que adjunta el Informe Nº 607-2018/GEL, el Informe Nº 079-2018/GEG, y el Informe Nº 091-2018/GEG; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0092009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 201-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de setiembre de 2013, se designó al señor Néstor Alfredo Castillo Ramírez como miembro de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal por un período adicional de cinco (5) años; así como al señor Edward Víctor Alberto Tovar Mendoza, como miembro de la citada Comisión; Que, estando próximo a cumplirse el plazo de cinco (5) años de la designación de los referidos comisionados, y de acuerdo con los documentos de vistos, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 0952018 del 28 de agosto de 2018, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar a las señoras Ana María Capurro Sánchez y Galia Angélica

Mac Kee Briceño, como miembros de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, de los señores Néstor Alfredo Castillo Ramírez y Edward Víctor Alberto Tovar Mendoza, siendo el último día de ejercicio de sus funciones el 18 de setiembre de 2018, dándoseles las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2.- Designar a las señoras Ana María Capurro Sánchez y Galia Angélica Mac Kee Briceño, como miembros de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, con efectividad al 19 de setiembre de 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1692395-1

Designan miembros de la Comisión de Procedimientos Concursales
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 160-2018-INDECOPI/COD Lima, 14 de setiembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 0158-2018/GRH, el Informe Nº 01622018/GRH, el Memorándum Nº 1750-2018/GEL que adjunta el Informe Nº 610-2018/GEL, el Memorándum Nº 1761-2018/GEL que adjunta el Informe Nº 608-2018/GEL, el Informe Nº 078-2018/GEG, el Informe Nº 084-2018/ GEG, el Informe Nº 092-2018/GEG, y el Informe Nº 0942018/GEG; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0092009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 200-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de

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