NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (18/09/2018)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Martes 18 de setiembre de 2018 El Peruano / El Peruano el 20 de agosto de 2018, autorizando la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, entre los que se encuentra la demanda adicional presentada por este Poder del Estado por el monto de S/ 9,173.933.00 soles, que mediante Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 317-2018-P-PJ han sido desagregados de la partida presupuestal y transferidos a las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte. Por tal motivo, solicita que se disponga la creación de los seis Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, y los juzgados de familia que lo integrarán, para su implementación y funcionamiento. Segundo. Que sustentando la propuesta formulada por la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial se remite el Informe N° 10-2018-ST-CJG/PJ, elaborado por la Secretaría Técnica de la mencionada Comisión, el cual concluye que resulta pertinente la creación de los seis Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en los Distritos Judiciales de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte. Tercero. Que, con posterioridad, la Presidenta de la citada Comisión, a fi n de consolidar el referido informe presentó la solicitud del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en la cual señala que para garantizar el derecho de acceso a la justicia de la población y la competencia territorial del Módulo correspondiente, debe circunscribirse únicamente a la Provincia de Chiclayo, quedando excluidos los Distritos de Oyotún y Nueva Arica; así como los Distritos de Bolívar y Nanchoc, de la Provincia de San Miguel, Departamento de Cajamarca, competencia del Juzgado Mixto de Oyotún. De otro lado, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte informó a la citada Comisión que la sede del Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del Distrito Judicial de Lima Norte sería en el Distrito de Independencia, Provincia y Departamento de Lima. Cuarto. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Quinto. Que, siendo así, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial, especialmente a la población en situación de vulnerabilidad; así como, brindar un servicio de justicia en forma oportuna y e fi caz; resulta procedente la propuesta formulada. En consecuencia; la Presidencia de este Órgano de Gobierno; con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, RESUELVE: Artículo Primero.- Crear, a partir del 15 de octubre de 2018, los siguientes Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en los Distritos Judiciales de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte, que se constituirán conforme se indica a continuación: DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA MÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Quinto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.- Sexto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sétimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Octavo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Noveno Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Segundo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Tercero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en toda la Provincia de Arequipa; con sede en el Distrito y Provincia del mismo nombre. DISTRITO JUDICIAL DE CUSCOMÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Quinto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sexto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sétimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Octavo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Noveno Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en toda la Provincia de Cusco; con sede en la Provincia y Departamento del mismo nombre. DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN MÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Quinto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sexto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sétimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Octavo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.