Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2018 (18/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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- Noveno Juzgado de Familia Subespecialidad en Violencia contra Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Juzgado de Familia Subespecialidad en Violencia contra Integrantes del Grupo Familiar.

NORMAS LEGALES
Permanente las Mujeres e Permanente las Mujeres e

Martes 18 de setiembre de 2018 /

El Peruano

- Décimo Segundo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en los Distritos de Ate, Santa Anita, La Molina, El Agustino, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica; con sede en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE MÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Noveno Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Segundo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Tercero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Cuarto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Quinto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Sexto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Sétimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en todo el Distrito Judicial de Lima Norte, excepto la Provincia de Canta; con sede en el Distrito de Independencia, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Disponer que los órganos jurisdiccionales que integrarán los seis Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en los Distritos Judiciales de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte, conocerán o se avocarán a todas las denuncias que ingresen desde su funcionamiento; y su atención será de lunes a domingo las veinticuatro horas. Artículo Tercero.- Las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, efectuarán las coordinaciones pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución administrativa. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte; Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1692259-1

La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en las Provincias de Huancayo, y los Distritos de Huachocolpa, Salcahuasi, San Marcos de Rocchac, Surcubamba, Tintay Puncu y Roble, de la Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica; con sede en el Distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo, Departamento de Junín. DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE MÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Octavo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Noveno Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Segundo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Tercero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Cuarto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en la Provincia de Chiclayo, excepto los Distritos de Oyotún y Nueva Arica; así como los Distritos de Bolívar y Nanchoc de la Provincia de San Miguel, Departamento de Cajamarca; con sede en la Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE MÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Cuarto Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Quinto Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sexto Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sétimo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Octavo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Noveno Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y,

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