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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (18/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 18 de setiembre de 2018 / El Peruano - Noveno Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en las Provincias de Huancayo, y los Distritos de Huachocolpa, Salcahuasi, San Marcos de Rocchac, Surcubamba, Tintay Puncu y Roble, de la Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica; con sede en el Distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo, Departamento de Junín. DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUEMÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Octavo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Noveno Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Segundo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Tercero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Cuarto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en la Provincia de Chiclayo, excepto los Distritos de Oyotún y Nueva Arica; así como los Distritos de Bolívar y Nanchoc de la Provincia de San Miguel, Departamento de Cajamarca; con sede en la Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTEMÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Cuarto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Quinto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sexto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Sétimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Octavo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Noveno Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Segundo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en los Distritos de Ate, Santa Anita, La Molina, El Agustino, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica; con sede en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTEMÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: - Noveno Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Segundo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Tercero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Cuarto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Quinto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Sexto Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; y, - Décimo Sétimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial de los referidos órganos jurisdiccionales será en todo el Distrito Judicial de Lima Norte, excepto la Provincia de Canta; con sede en el Distrito de Independencia, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Disponer que los órganos jurisdiccionales que integrarán los seis Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en los Distritos Judiciales de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte, conocerán o se avocarán a todas las denuncias que ingresen desde su funcionamiento; y su atención será de lunes a domingo las veinticuatro horas. Artículo Tercero.- Las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, efectuarán las coordinaciones pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución administrativa. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima Este y Lima Norte; O fi cina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1692259-1