Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2018 (18/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 18 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Declaración Conjunta de la Presidenta de la República de Chile y el Presidente de la República del Perú suscrita en Santiago de Chile el 29 de noviembre de 2016, ambos Jefes de Estado acordaron establecer el mecanismo de Gabinetes Binacionales, presidido por ambos Mandatarios, cuya primera reunión se llevó a cabo en el Perú, denominado "Encuentro Presidencial y I Gabinete Binacional de Ministros Perú-Chile", el 7 de julio de 2017, en cuya realización se estableció como parte del Eje 1: "Asuntos Sociales y Culturales para la integración", el compromiso de ambas partes, de realizar el intercambio de marcos legales y normativos, experiencias y buenas practicas e instrumentos de gestión en diversas áreas, entre ellas, la de gestión de agua y saneamiento que incorpore variables de certificación ambiental, su manejo, experiencias de inversión y modernización, operación y mantenimiento, así como de educación ciudadana; y, la desalinización de aguas para centros urbanos; Que, en cumplimiento de dichos compromisos, mediante correo electrónico de fecha 07 de agosto de 2018, el Departamento de Estudios, Información y Normas de la Superintendencia de Servicios Sanitario - SISS de Chile, comunica al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la disponibilidad para realizar una Pasantía en la referida Superintendencia y en algunas empresas operadoras de los servicios de saneamiento de dicho país; y posteriormente mediante el mismo medio, informa que el evento se realizará del 30 de setiembre al 06 de Octubre de 2018, en la República de Chile; Que, mediante Informe Nº 182-2018-VIVIENDAVMCS/DGPPCS, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento señala que la referida Pasantía tiene como objetivo promover proyectos de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales a través de la modalidad de Asociaciones Publico Privada en el Sector Saneamiento - APP; en ese sentido, precisa que participar en dicho evento contribuirá al logro de los objetivos con el fortalecimiento de capacidades de los especialistas que participen en las fases de los procesos de APP, incluyendo procesos de desalinización de agua de mar; por lo que propone que participen en el mismo, su Director General, señor Julio César Kosaka Harima; y el señor Rolando Manuel Carpio Terán, Especialista en proyectos de Inversión y asuntos económicos de la referida Dirección General; Que, mediante Informe Nº 091-2018/VIVIENDAOGPP-OCAI la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que la referida Pasantía tiene como objetivo el intercambio de experiencias con el Ministerio de Obras Publicas y la Superintendencia de Servicios Sanitarios de Chile (SISS), a fin de fortalecer las capacidades de los profesionales de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento de este Ministerio, en materia de concesiones en el sector saneamiento y experiencias en desalinización de agua de mar, para potenciar los conocimientos y contribuir con los objetivos de la referida Dirección General en cuento a la promoción y participación privada y modernización de gestión de servicios de saneamiento; Que, mediante Memorando Nº 1896-2018-VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto comunica que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva para los pasajes aéreos y viáticos respectivos según lo solicitado; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; así como el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalan que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1 del referido Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando

gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento; la misma que deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, en consecuencia, siendo de interés nacional la participación de los referidos servidores de Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento en el citado evento, resulta necesario autorizar el referido viaje, cuyos gastos son cubiertos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios del señor Julio César Kosaka Harima, Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, a la República de Chile, del 30 de setiembre al 06 de Octubre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios del señor Rolando Manuel Carpio Terán, Especialista en proyectos de Inversión y asuntos económico de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, a la República de Chile, del 30 de setiembre al 06 de Octubre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al presupuesto del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle:
Señor Julio César Kosaka Harima Pasajes aéreos (incluido TUUA) Viáticos USD $ 370.00 x 6 días + 1 día instalación Total Señor Rolando Manuel Carpio Terán Pasajes aéreos (incluido TUUA) Viáticos USD $ 370.00 x 6 días + 1 día instalación Total : : : S/ 4,283.36 S/ 8,593.62 S/12,876.98 : : : S/ 4,283.36 S/ 8,593.62 S/12,876.98

Artículo 4.- La presente Resolución no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los comisionados deberán presentar ante el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1692380-1

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