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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (12/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 / El Peruano (INDECI), y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de la Producción, y del Ministerio de Energía y Minas; continuarán con la ejecución de las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el desastre. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modi fi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se fi nancian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, la Ministra de Educación, la Ministra de Agricultura y Riego, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de la Producción, y el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de abril del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA Ministra de Educación FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra e la Mujer y Poblaciones Vulnerables ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo yEncargada del Despacho del Ministerio de Salud EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y SaneamientoANEXO PRÓRROGA DEL ESTADO DE EMERGENCIA EN VARIOS DISTRITOS DE ALGUNAS PROVINCIAS DEL DEPARTMAENTO DE AREQUIPA, POR DESASTRE A CONSECUENCIA DE CAÍDAS DE HUAICO Y DESLIZAMIENTOS, DEBIDO A INTENSAS PRECIPITACIONES PLUVIALES DEPARTAMENTO PROVINCIA N° DISTRITO AREQUIPAAREQUIPA1 SAN JUAN DE SIGUAS 2 TIABAYA3 VITOR 4 MOLLEBAYA5 YURA 6 CERRO COLORADO7 SAN JUAN DE TARUCANI 8 POCSI9 CHIGUATA 10 SANTA ISABEL DE SIGUAS CONDESUYOS11 ANDARAY 12 CAYARANI 13 YANAQUIHUA14 CHICHAS15 IRAY CASTILLA16 TIPAN 17 ORCOPAMPA18 CHACHAS 19 VIRACO20 MACHAGUAY21 ANDAGUA22 CHILCAYMARCA23 UÑON24 AYO CAYLLOMA25 ACHOMA 26 SIBAYO 27 TAPAY CARAVELI28 CARAVELI 29 CAHUACHO30 HUANUHUANU CAMANA31 MARIANO NICOLAS VALCARCEL 32 QUILCA33 OCOÑA LA UNION34 PUYCA 35 QUECHUALLA36 TORO37 PAMPAMARCA38 TAURIA 39 COTAHUASI40 SAYLA 07 PROVINCIAS 40 DISTRITOS 1760074-3