Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2019 (16/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 16 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Nº 017-2019-MINAGRI-DVDIAR/DGIAR-DG/mqq y Nº 151-2018-MINAGRI-DVDIAR-DGIAR-DG/JAVM de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI; CONSIDERANDO: Que, el Proyecto de Inversión "Ampliación de la Frontera Agrícola Lomas e Ilo - Moquegua" con Código Unificado Nº 2166595, cuya Unidad Ejecutora es el Proyecto Especial Regional Pasto Grande, perteneciente al Gobierno Regional de Moquegua, tiene como objetivo adecuar las condiciones para la explotación de tierras aptas para el cultivo en la zona de Ilo; Que, mediante documentos de Vistos, el Gerente General del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, solicita al Ministerio de Agricultura y Riego se declare de necesidad y utilidad pública la ejecución del Proyecto de Inversión "Ampliación de la Frontera Agrícola Lomas e Ilo - Moquegua" con Código Unificado Nº 2166595, dada la magnitud de sus alcances y el impacto económico y social que representará para el departamento de Moquegua; Que, asimismo, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINAGRI, señala que el citado Proyecto de Inversión, ha sido declarado viable y se encuentra en fase de ejecución por un monto de inversión actualizado de S/ 267 502 991,46 (Doscientos Sesenta y Siete Millones Quinientos Dos Mil Novecientos Noventa y Uno y 46/100 Soles); Que, a su vez, la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego del MINAGRI, señala que la ejecución del mencionado Proyecto de Inversión permitirá incrementar el PBI agrícola regional, así como la incorporación a la actividad agrícola de 3,500 hectáreas de tierras que actualmente son eriazas, generando la ocupación de manera permanente a 10,500 personas aproximadamente y promoviendo el desarrollo agroindustrial con cultivos para la exportación; Que, de conformidad con lo dispuesto por el subnumeral 6.2.4 del numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 997, modificada por la Ley Nº 30048, una de las funciones compartidas de este Ministerio consiste en: "Promover la ampliación de las tierras dedicadas a la agricultura, fomentando el desarrollo de los proyectos de irrigación y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria en coordinación con los sectores e instituciones que corresponda"; Que, con la finalidad de promover y fomentar el desarrollo de los proyectos de irrigación para el aprovechamiento de tierras con aptitud agraria resulta pertinente declarar de necesidad y utilidad pública la ejecución del Proyecto de Inversión "Ampliación de la Frontera Agrícola Lomas e Ilo - Moquegua" con Código Unificado Nº 2166595; Con los visados del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y, en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declaración de necesidad y utilidad pública Declárase de necesidad y utilidad pública la ejecución del Proyecto de Inversión "Ampliación de la Frontera Agrícola Lomas e Ilo - Moquegua" con Código Unificado Nº 2166595, cuya Unidad Ejecutora es el Proyecto Especial Regional Pasto Grande, perteneciente al Gobierno Regional de Moquegua.

Artículo 2.- Financiamiento Lo dispuesto en la presente norma no demanda recursos adicionales al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego 1761096-1

CULTURA
Autorizan viaje de Asesora del Despacho Viceministerial de Interculturalidad a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 156-2019-MC Lima, 12 de abril de 2019 VISTOS; el documento OF. RE (DAS) N° 2-22-I/165 de la Directora para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Informe N° 000003-2019-ASA/ VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, con el documento OF. RE (DAS) N° 2-22-I/165 recibido el 01 de abril de 2019, la Directora para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores remite la invitación de la Jefa del Servicio de Género, Igualdad y Diversidad de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a la Ministra de Cultura, para que participe como ponente en el evento "Celebrando el 30° aniversario del Convenio sobre pueblos indígenas y tribales 1989 (núm. 169): aprendiendo y mirando hacia adelante", que se llevará a cabo el 25 de abril de 2019, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que el Despacho Viceministerial de Interculturalidad está a cargo del Viceministro de lnterculturalidad, quien es Ia autoridad inmediata al Ministro de Cultura en materia de interculturalidad e inclusión de pueblos indígenas u originarios y población afroperuana; es además el órgano técnico en materia indígena de acuerdo a la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); Que, a través del Informe N° 000003-2019-ASA/ VMI/MC de fecha 12 de abril de 2019, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad señala que el precitado evento constituye una actividad paralela a la sesión anual del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas - ONU, teniendo como objetivos el proporcionar a los participantes una plataforma para compartir experiencias, desafíos y oportunidades respecto de la ratificación e implementación del Convenio 169 de la OIT; promover el diálogo y colaboraciones con el fin de fomentar acciones a nivel nacional e internacional para promover el Convenio 169 como un marco para el desarrollo inclusivo,

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