Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2019 (16/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
ITEM CÓDIGO 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 0210 0212 0223 0275 0342 0439 0477 0513 0697 2316 2322 2337 2671 2683 2805 3550 4163 4352 4513 4536 4643 4905 5233 5302 5321 5343 5414 5446 5519 5531 5747 5776 6208

Martes 16 de abril de 2019 /
NOMBRE ENTIDAD UNIVERSIDAD NACIONAL SAN AGUSTÍN - AREQUIPA

El Peruano

gubernamental de los órganos del Sistema Nacional de Control, basado en la demanda de control, priorización de entidades, análisis de riesgos, oportunidad, entre otros criterios; Que, a través de la Hoja Informativa N° 000072019-CG/GDEE, la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control señala que con relación a la Directiva N° 013-2018-CG/GPL "Directiva de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control 2019 de los Órganos de Control Institucional", en lo alusivo a la unidad orgánica y al órgano encargados de la presentación y aprobación del proyecto PAC, dichas funciones han sido asumidas por la Subgerencia de Desarrollo del Sistema Nacional de Control y la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control, respectivamente, de conformidad con las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo con la citada hoja informativa, la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control recomienda la aprobación del Plan Anual de Control 2019 de treinta y seis (36) Órganos de Control Institucional, los cuales han sido revisados y cuentan con la conformidad de las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República de las cuales dependen, correspondiendo proceder a su aprobación respectiva; Que, mediante Resoluciones de Contraloría Nº 057-2019-CG, Nº 088-2019-CG y Nº 089-2019-CG, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2019 de un total de seiscientos ochenta y ocho (688) Órganos de Control Institucional de entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, conforme a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa Nº 00087-2019-CG/ GJN, sustentada en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 00077-2019-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba los Planes Anuales de Control 2019 propuestos, atendiendo a la Hoja Informativa N° 00007-2019-CG/GDEE, de la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control; En uso de las facultades conferidas por el literal h) del artículo 22 y los literales b) y c) del artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2019 de treinta y seis (36) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en anexo adjunto, las mismas que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en anexo adjunto, se encargarán de supervisar la ejecución de los Planes Anuales de Control 2019 aprobados. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 119-2019-CG
ITEM CÓDIGO 1 2 3 0004 0069 0205 NOMBRE ENTIDAD SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES (EX- CONASEV) INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN - ITP UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO - LAMBAYEQUE

UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN HUACHO UNIVERSIDAD NACIONAL SAN ANTONIO ABAD-CUSCO MINISTERIO PÚBLICO - FISCALÍA DE LA NACIÓN MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE POMABAMBA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO SOCIEDAD BENEFICENCIA PUBLICA DE CHINCHA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD SAN MARTIN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FERNANDO LORES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAQUERANA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARINARI MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ATALAYA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL 01 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA ZONA FRANCA Y ZONA COMERCIAL DE TACNA - ZOFRATACNA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL HUARAZ - UGEL HUARAZ UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL POMABAMBA - UGEL POMABAMBA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE PISCO S.A. HOSPITAL "VICTOR RAMOS GUARDIA" NIVEL II-2- HUARAZ UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELEN-MAYNAS GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ICA - SAT ICA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CORONEL PORTILLO UGEL CORONEL PORTILLO CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - CEPLAN HOSPITAL SAN JUAN DE LURIGANCHO GERENCIA SUB REGIONAL DE HUAYTARA UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUTUMAYO

1760853-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban la Reforma del Estatuto de la Universidad Nacional de Huancavelica
UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA RESOLUCIÓN Nº 0001-2019- AU-UNH Huancavelica, 11 de marzo de 2019 VISTOS: Oficio Transcriptorio Nº 001-2019-AU-SEGE-R-UNH (11.03.19), con Registro de Documento: 00221666 y Registro de Expediente: 00215435; sobre Aprobación de la Reforma del Estatuto de la Universidad Nacional de Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, Artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, "cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; el Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución";

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