Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2019 (16/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 16 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 020-2008-CD-OSIPTEL, establece que el OSIPTEL debe remitir el Proyecto de Mandato de Compartición a las partes, a fin de que estas puedan presentar por escrito sus comentarios en un plazo que no será menor de diez (10) días calendario, el cual no está incluido en el plazo con el que cuenta el OSIPTEL para emitir el Mandato de Compartición de Infraestructura; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 00265-2018-CD/OSIPTEL emitida el 6 de diciembre de 2018, se aprobó el Proyecto de Mandato de Compartición entre GILAT NETWORKS e HIDRANDINA, la cual fue notificada a las partes mediante cartas C.00839GCC/2018 y C.00831-GCC/2018 recibidas el 11 y el 13 de diciembre de 2018, respectivamente; Que, mediante la resolución a la que se hace referencia en el considerando anterior, se otorgó un plazo máximo de veinte (20) días calendario para que las partes remitan sus comentarios y se amplió en treinta (30) días calendario el plazo para la emisión del Mandato de Compartición de Infraestructura; Que, mediante carta GL-1183-2018 recibida el 31 de diciembre de 2018, GILAT NETWORKS remitió sus comentarios al Proyecto de Mandato, los cuales fueron puestos en conocimiento de HIDRANDINA; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000212019-PD/OSIPTEL emitida el 15 de febrero de 2019, se dispuso la ampliación del plazo del presente procedimiento en treinta (30) días calendario; Que, ambas partes han presentado la información que les ha sido solicitada por el OSIPTEL, así como información complementaria relacionada con la solicitud que es objeto del presente procedimiento, la cual ha sido puesta en conocimiento de la otra parte; Que, de conformidad con los antecedentes, análisis y conclusiones contenidos en el Informe N° 00027GPRC/2019, esta instancia hace suyos los fundamentos ahí expuestos y, acorde con el artículo 6, numeral 6.2, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución y de su motivación; por lo que corresponde dictar el Mandato de Compartición de Infraestructura solicitado por GILAT NETWORKS con HIDRANDINA, en los términos del informe antes referido; Que, conforme a lo establecido por el artículo 19 de la Ley 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL, toda información que las empresas operadoras proporcionen al OSIPTEL, tiene carácter de Declaración Jurada; siendo aplicable el Principio de Presunción de Veracidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 51.1 y en el inciso 4 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444; De acuerdo a las funciones señaladas en el inciso p) del artículo 25 y en el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado en la Sesión 702; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Mandato de Compartición de Infraestructura entre Gilat Networks Perú S.A. y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A.; contenido en los Anexos I, II y III del Informe N° 00027-GPRC/2019. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para notificar la presente resolución y el Informe N° 00027-GPRC/2019 con sus respectivos anexos a Gilat Networks Perú S.A. y a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A.; así como, publicar dichos documentos y los comentarios remitidos al Proyecto de Mandato en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo 3.- El Mandato de Compartición de Infraestructura que se dicta mediante la presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4.- La negativa a cumplir con el Mandato de Compartición de Infraestructura que se dicta mediante la presente resolución constituye infracción muy grave, de conformidad con lo establecido en el numeral 10 del cuadro de infracciones y sanciones, del artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 29904 - Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2013-MTC. Regístrese, comuníquese y publíquese, RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1760430-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Jefe Zonal Adjunto Administrativo de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS ZONA REGISTRAL N° IX - SEDE LIMA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 211-2019-SUNARP-ZRN°IX/JEF Lima, 15 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal d) del artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N°0122013-JUS, son funciones y atribuciones de la Jefatura Zonal, designar y remover a los funcionarios de confianza, en coordinación con el Superintendente Nacional; Que, el cargo de confianza de Jefe Zonal Adjunto Administrativo de la Zona Registral N°IX ­ Sede Lima, correspondiente a la plaza N°2, a la fecha se encuentre vacante; por lo que resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con la visación del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos (e) y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica. En uso de las atribuciones conferidas por el literal t) del artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo N°012-2013-JUS y en virtud de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N°091-2018-SUNARP/SN del 07 de mayo de 2018. SE RESUELVE: Artículo Único.- DESIGNAR, a partir del 16 de abril de 2019, al abogado HUGO HUMBERTO GÓMEZ CÁRDENAS, en el cargo de confianza de Jefe Zonal Adjunto Administrativo de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima, correspondiente a la Plaza CAP N° 2, de conformidad con los considerandos expuestos en la presente resolución. Regístrese, cúmplase y notifíquese. HAROLD TIRADO CHAPOÑAN Jefe de la Zona Registral N° IX Sede Lima 1760983-1

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