Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2019 (16/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 16 de abril de 2019

NORMAS LEGALES ORGANISMOS AUTONOMOS

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Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a efectos que proceda conforme a sus atribuciones contraloras. 2.1.3 La Coordinadora del Area de Servicios Judiciales, por razones de función, deberá ser el funcionario de enlace con el despacho de la Presidencia, con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en los párrafos precedentes. 2.1.4 Los responsables de monitoreo en el uso del SINOE, deberán gestionar en coordinación con la Oficina de Informática, los reportes mensuales sobre el uso obligatorio del SINOE, de manera disgregada (Juzgado, Secretarios y/o Asistentes), comunicándose al funcionario de enlace designado, así como al despacho de la Presidencia, a fin de sustentar la toma de decisiones. 2.1.5 Se faculta al funcionario de enlace a realizar todas las acciones tendientes a incrementar y masificar el uso del Sistema de Notificaciones Electrónicas, debiendo convocar y realizar periódicamente reuniones de coordinación con las áreas jurisdiccionales respectivas, de las cuales se emitirá un informe bimensual dirigido al despacho de la Presidencia, comunicando los acuerdos, incidencias advertidas y las respectivas alternativas de solución. 2.2 MEDIDAS DE CONTROL: Se propone a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, realizar las siguientes medidas de control en el uso del Sistema de Notificaciones Electrónicas, en todas las sedes judiciales de éste Distrito Judicial, durante las visitas contraloras respectivas: 2.2.1 Revisar la obligatoriedad de la emisión de notificaciones electrónicas, cuando las partes procesales han señalado sus casillas electrónicas. 2.2.2 Verificar si los órganos jurisdiccionales vienen requiriendo a las partes procesales la precisión de las casillas electrónicas, en tanto, constituye requisito de admisibilidad de los escritos postulatorios y de apersonamiento de terceros, conforme a lo normado en los artículos 155-B° y 155-D° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incorporado mediante la primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30229. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, en el marco de su competencia, efectué las acciones tendientes a incrementar el uso del SINOE, desde un enfoque de capacitación e inducción, en coordinación con el Area de Informática, y otras que estime pertinente promover; asimismo, la Oficina de Imagen, Prensa y Protocolo de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, procederá a la difusión del funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas, en los diarios oficiales y página Web de esta sede judicial. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Informática, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, Presidencia de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal de Lima Sur, Dirección Distrital de la Defensoria Pública de Lima Sur, Colegio de Abogados de Lima Sur, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Administración y Finanzas, Area de Servicios Judiciales, Area de Informática, Central de Notificaciones de ésta sede judicial, Responsables Administrativos y Coordinadores, Magistrados de todas las instancias y auxiliares jurisdiccionales, Oficina de Imagen, Prensa y Protocolo y demás interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN VICENTE VELIZ BENDRELL Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 1760845-1

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban los Planes Anuales de Control 2019 de treinta y seis Órganos de Control Institucional de las entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 119-2019-CG Lima, 5 de abril de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 00007-2019-CG/GDEE, de la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control; y la Hoja Informativa N° 000872019-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa, de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, es atribución de esta Entidad Fiscalizadora Superior aprobar los planes anuales de control de las entidades; Que, el literal b) del artículo 32 de la Ley N° 27785, establece como facultad del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General de la República y de los órganos del Sistema; asimismo, el literal c) le faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 5462018-CG, se aprueba la Directiva N° 013-2018-CG/GPL "Directiva de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control 2019 de los Órganos de Control Institucional", la cual regula el proceso de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control (PAC) a cargo de los Órganos de Control Institucional de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control para el período 2019; Que, la mencionada Directiva establece en el numeral 7.2, el registro de la programación 2019, que comprende entre otros la comunicación de metas físicas de las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República a los Órganos de Control Institucional (OCI) a cargo, así como el registro de los proyectos de PAC en el Sistema de Control Gubernamental Web (SCG Web) para su presentación, revisión y aprobación, conforme a los alcances señalados en el numeral 7.3 de la citada Directiva, la misma que desarrolla el procedimiento correspondiente; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 0302019-CG, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, creándose dentro de su estructura orgánica la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control, así como la Subgerencia de Desarrollo del Sistema Nacional de Control; Que, los literales b) y c) del artículo 101 del Reglamento de Organización y Funciones en mención, establecen que la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control tiene entre sus funciones: organizar y conducir el proceso de elaboración del Plan Nacional de Control, así como supervisar su ejecución; mientras que, el literal a) del artículo 104 de dicho Reglamento, establece que la Subgerencia de Desarrollo del Sistema Nacional de Control tiene la función de proponer las prioridades para las intervenciones de control

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