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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (02/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 2 de agosto de 2019 El Peruano / cuya ubicación estaría en el distrito de Chanchamayo, de la Provincia Chanchamayo, del departamento de Junín, siendo que su ámbito de intervención comprendería 15 distritos, de los cuales 05 pertenecen a la provincia de Satipo, 06 pertenecen a la provincia de Chanchamayo y 04 pertenecen a la provincia de Atalaya; Que, mediante el Informe Nº 000327-2019-DV-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica concluye que la propuesta de creación de la O fi cina de Coordinación Chanchamayo realizada por la O fi cina Zonal La Merced cuenta con respaldo técnico normativo y se encuentra en el marco de sus competencias y, asimismo, que la Entidad habría cumplido con el sustento técnico para disponer la creación de la mencionada O fi cina de Coordinación; Que, estando a lo anterior, resulta necesario expedir el acto resolutivo que formalice la creación de la O fi cina de Coordinación Chanchamayo de la O fi cina Zonal La Merced; Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA establece que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva y, de otro lado, los literales a) y r) del artículo 10 del referido cuerpo normativo, señala entre sus funciones la de conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, defi niendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la Entidad, así como emitir resoluciones y directivas vinculadas a la conducción de la Entidad, respectivamente; Que, la creación e implementación de la O fi cina de Coordinación Chanchamayo, adscrita a la O fi cina Zonal La Merced, con sede en el distrito de Chanchamayo, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, contribuirá a fortalecer la gestión, intervención y presencia institucional de DEVIDA, así como a promover, coordinar, articular y desarrollar acciones estratégicas y operativas en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas; Con los visados de la Gerencia General, la Dirección de Articulación Territorial, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de lucha contra el trá fi co ilícito de drogas; el Decreto Legislativo Nº 1241 - Ley que fortalece la lucha contra el trá fi co ilícito de drogas; el Decreto Supremo Nº 061-2017-PCM, que aprueba la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021; el Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA; las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 176-2018-DV-PE, Nº 016-2018-DV-PE y Nº 034-2019-DV-PE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR la creación e implementación de la O fi cina de Coordinación Chanchamayo, adscrita a la Ofi cina Zonal La Merced, para que ejecute proyectos y actividades de apoyo a la gestión institucional, con sede en el distrito de Chanchamayo, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, cuyo ámbito de intervención es el siguiente: Departamento Provincia Distritos JunínSatipo• Satipo • Rio Negro• Pampa Hermosa• Llaylla• Coviriali Chanchamayo• Chanchamayo • Perene• Pichanaqui• San Luis de Shuaro• San Ramón• Vitoc Ucayali Atalaya• Raymondi • Sepahua• Tahuania• YuruaArtículo 2º.- DISPONER que la O fi cina de Coordinación Chanchamayo, en representación de la O fi cina Zonal La Merced y dentro de su ámbito de intervención, cumpla las funciones establecidas en el artículo 9 de la Organización Funcional de las O fi cinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2018-DV-PE. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Dirección de Articulación Territorial, a la O fi cina Zonal La Merced, a la O fi cina General de Administración y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, para que, en el marco de sus competencias, realicen las acciones técnicas, operativas, administrativas y presupuestarias necesarias para viabilizar la apertura, implementación y funcionamiento de la Ofi cina de Coordinación Chanchamayo. Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente resolución a todos los Órganos y Unidades Orgánicas de DEVIDA para los fi nes pertinentes así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de Internet de DEVIDA. Artículo 5.- DISPONER la publicación del presente acto resolutivo en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo 1793751-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Dan por concluida designación de Auxiliar Coactivo del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 100 -2019-INDECOPI/COD Lima, 24 de julio de 2019VISTO:El Informe Nº 0112-2019/GRH, la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 209-2018-INDECOPI/COD, la carta de fecha 04 de junio de 2019, el Informe Nº 029-2019/GAF-SGC, el Memorándum Nº 348-2019/GAF, el Informe Nº 516-2019/GEL; y, CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva (en adelante, TUO de la Ley 26979), aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, señala que el Auxiliar Coactivo es aquel cuya función es colaborar con el Ejecutor Coactivo; Que, en atención al Concurso Público Nº 311-2018, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 209-2018-INDECOPI/COD del 29 de octubre de 2018, se designó al abogado Roberto Carlos Sánchez Panta como Auxiliar Coactivo del Indecopi con efectividad anticipada al 01 de octubre de 2018; Que, a través de la carta de fecha 04 de junio de 2019, el abogado Roberto Carlos Sánchez Panta presentó su