Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (29/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 29 de agosto de 2019 El Peruano / Item Zona Departamento Provincia Distrito 3 Cayacachi II - Escuela I Puno Carabaya Crucero4 Cayconi Puno Carabaya Crucero 5Larkapampa-Jachaocco- Occopampa-LequenehuyoPuno Carabaya Crucero 6 Ichucollo I - Ichucollo II Puno Carabaya Crucero 7 Alkamarine-Chiruruni-Kollpatira Puno Carabaya Crucero 8 Curupata Puno Carabaya Crucero 9Huattapampa-Karanasa- Yurajmayo-Murumuruni I-Murumuruni II-Laypiña-Apachamaya-ChojñacotaPuno Carabaya Crucero 10Kollpacucho-Huarajpampa Samicurani-Teraquecha I-Teraquecha II-Chejatacala-Rosaspata-Pichinsani-Patalayne-Yanapuquio-Oscoroque Oruro I-Oscoroque Oruro II-Capillapata-Huayllacunca-Urinsaya I-Urinsaya II-Punta CarreteraPuno Carabaya Crucero Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 092-2016 a suscribirse con ELECTRO PUNO S.A.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 092-2016, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- La presente Resolución Directoral será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLA PAOLA SOSA VELA Directora GeneralDirección General de Electricidad 1756703-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 252-2016-MEM/DGE Lima, 29 de setiembre de 2016VISTO: El Expediente con código Nº 65365215, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima Abierta – ELECTRO PUNO S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11001306 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº XIII-Sede Tacna, O fi cina Registral de Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante el O fi cio Nº 603-2015-ELPU/GG, con registro Nº 2523298, de fecha 04 de agosto de 2015, ELECTRO PUNO S.A.A. solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del proyecto “Electri fi cación red secundaria a 0,44-0,22 kV de las parcialidades de Chejollani, Sacacani, Culachata, Sombreruni y Lirima - Vilquechico”, que comprende cinco (05) zonas de concesión, ubicadas en el distrito de Vilquechico, provincia de Huancané, departamento de Puno, cuyas coordenadas UTM PSAD56 fi guran en el Expediente; Que, ELECTRO PUNO S.A.A. ha presentado la Califi cación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral Nº 369-2013 EM/DGE, de fecha 04 de setiembre de 2013, conforme a lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electri fi cación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 369-2016-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de la ELECTRO PUNO S.A.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la zona del proyecto “Electri fi cación red secundaria a 0,44-0,22 kV de las parcialidades de Chejollani, Sacacani, Culachata, Sombreruni y Lirima - Vilquechico”, ubicado en el distrito de Vilquechico, provincia de Huancané, departamento de Puno, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especi fi caciones obrantes en el expediente: Item Zona Departamento Provincia Distrito 1 Culachata Puno Huancané Vilque Chico2 Sombreruri Puno Huancané Vilque Chico3 Sacacani Puno Huancané Vilque Chico4 Lirima Cotapata Puno Huancané Vilque Chico 5 Chejollani Puno Huancané Vilque Chico Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 089-2016 a suscribirse con ELECTRO PUNO S.A.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 089-2016, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- La presente Resolución Directoral será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLA PAOLA SOSA VELA Directora GeneralDirección General de Electricidad 1756703-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 253-2016-MEM/DGE Lima, 29 de setiembre de 2016 VISTO: El Expediente con código Nº 65365315, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima Abierta – ELECTRO PUNO S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11001306 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona