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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (07/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Sábado 7 de diciembre de 2019 / El Peruano precios de los servicios colaterales, aplicables por EPS SEDACAJ S.A. favorece, por un lado, a la empresa y por el otro, a la población atendida. A la empresa prestadora, debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad fi nanciera; y a la población, porque se bene fi ciará del compromiso de la empresa re fl ejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios. 1 Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Cajamarca Sociedad Anónima. 2 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS- CD y sus modi fi catorias. 3 Decreto Legislativo Nº 1280, publicado el 29 de diciembre del 2016 en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado con Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el diario o fi cial El Peruano . 5 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2007-SUNASS- CD y modi fi cado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 021-2018-SUNASS-CD. 6 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modi fi catorias. 7 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 8 Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. 9 Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el diario o fi cial El Peruano. ANEXO Nº 1 METAS DE GESTIÓN DE EPS SEDACAJ S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024 Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN A. METAS DE GESTIÓNCorresponde a las metas de gestión base de los proyectos ejecutados y fi nanciados con recursos internamente generados por la empresa, así como con los recursos transferidos por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS). a) Metas de Gestión Base a nivel de EPS Metas de gestiónUnidad de MedidaAño 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Incremento anual de medidores1/ Número 1000 1000 1000 1000 1000 Renovación anual de medidores2/ Número 16 964 2496 2496 2496 2496 Agua no facturada Número 36 34 34 33 32 Actualización de catastro técnico de agua potable y alcantarillado georeferenciado % 100 100 100 100 100 Actualización de catastro comercial de agua potable y alcantarillado georeferenciado% 100 100 100 100 100 Relación Trabajo 3/% 7 17 16 96 86 8 Contrato MRSE4/Número - 1 - - - Registro de datos del sistema de monitoreo hidrológico 5/Número - - 365 365 365 Ejecución de la reserva MRSE 6/ % - - - 4 0 7 0 Implementación de medidas para la gestión de riesgos de desastres y adaptación al cambio climático 7/Documento 11111 1/ Se re fi ere a la instalación de medidores por primera vez. 2/ Se re fi ere a la instalación de un nuevo medidor en una conexión de agua potable que ya contaba con medidor. Su reemplazo o reposición se efectúa por haber sido robado, manipulado, superar el volumen de registro del medidor recomendado por el proveedor o por el deterioro de su vida útil (ya sea que subregistre o sobreregistre). La meta de gestión considera que, de la renovación de 16 964 medidores en el año 1, la renovación de 14 468 medidores será fi nanciado por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS). La renovación del resto de medidores de dicho año, así como la renovación que se realizará en los siguientes años del quinquenio será fi nanciada con recursos internamente generados por la empresa. 3/ Se obtiene de dividir los costos totales de operación(deducidos la depreciación, amortización de intangibles, costos por servicios colaterales, provisión por cobranza dudosa, los devengados relacionados a las reservas y al programa de inversiones con recursos propios y transferencias fi nancieras, laudos arbitrales, sentencias judiciales laborales), entre los ingresos operacionales totales (referidos al importe facturado por servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar: el impuesto general a las ventas y el impuesto de promoción municipal). 4/ Se re fi ere a suscribir al menos un contrato con el/los contribuyentes para la implementación del MRSE. Este documento debe ser elaborado conforme al contenido mínimo dispuesto en el Anexo Nº 4 de la Directiva de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Hídricos – MRSE Hídricos, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 045-2017-SUNASS-CD y fi rmado por el representante de una o más comunidades y el representante legal de la EPS, máximo hasta el segundo año del quinquenio regulatorio. 5/ Se re fi ere al registro diario de datos de los equipos instalados en el sistema de monitoreo hidrológico. Para el cumplimiento de esta meta la EPS deberá haber realizado el diseño acorde a la “Guía para el diseño del sistema de monitoreo” y la compra de equipos máximo hasta el segundo año del quinquenio regulatorio. Al fi nalizar el tercer año del quinquenio regulatorio la EPS deberá presentar ante la Dirección de Fiscalización un reporte que contenga la base de datos con los 365 registros obtenidos de el/los equipos y así consecutivamente deberá hacerlo en los siguientes años del quinquenio regulatorio. 6/ Se re fi ere a la ejecución de al menos el 40% del presupuesto proyectado acumulado al cuarto año del quinquenio regulatorio y el 70% del presupuesto proyectado acumulado al quinto año correspondiente al componente 1. Deberá tomarse en consideración la suma total del componente 1 de la Ficha de Intervención Nº 01 y 02 contemplado en el Anexo X del Estudio Tarifario: Presupuesto Proyectado del Plan de Intervenciones con el fondo de reserva MRSE. 7/ El documento a presentar debe contener el detalle establecido en el Anexo X del Estudio Tarifario. b) Metas de Gestión Base a nivel de localidad Continuidad promedio LocalidadUnidad de MedidaAño 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Cajamarca Horas/día 17 19 21 1/21 21 21 San Miguel Horas/día 24 24 24 24 24 24Contumazá Horas/día 24 24 24 24 24 24 1/ La meta de gestión para la localidad de Cajamarca será de 19 horas/día y en el caso que en el primer año regulatorio se obtenga la autorización de licencia de uso de agua para la PTAP “El Milagro”, la meta aumentará a 21 horas/día a partir del segundo año. En el caso que la mencionada licencia se obtenga en un año regulatorio distinto al primero, la meta de gestión recién aumentará a 21/horas día para el año regulatorio siguiente a la obtención de dicha licencia de uso de agua. Presión promedio LocalidadUnidad de MedidaAño 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Cajamarca m.c.a 19 19 19 19 19 19 San Miguel m.c.a 32 32 32 32 32 32