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56 NORMAS LEGALES Sábado 7 de diciembre de 2019 / El Peruano 1. Por el servicio de agua potable 2. Por el servicio de alcantarillado T3 = T2 (1 + 0,075) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0,075) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ) Localidades de Contumazá y San Miguel 1. Por el servicio de agua potable 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,070) (1 + Φ)T1 = T0 (1 + 0,070) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ) Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor En el quinquenio regulatorio 2019-2024 se tiene previsto un incremento tarifario en el primer año regulatorio para todas las localidades tanto en el servicio de agua potable como en el servicio de alcantarillado. Asimismo, se tiene previsto un segundo incremento tarifario en el tercer año regulatorio solo para la localidad de Cajamarca para los servicios de agua potable y alcantarillado. El incremento tarifario del primer año regulatorio para todas las localidades tanto en el servicio de agua potable como en el servicio de alcantarillado corresponde a la aplicación de la nueva estructura tarifaria. Asimismo, dicha estructura contempla la implementación del sistema de subsidios cruzados focalizados sobre la base de los “Planos Estrati fi cados por Ingreso a Nivel de Manzanas de las Grandes Ciudades 2017” (Planos Estrati fi cados), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), solo para el servicio de agua potable. Los incrementos tarifarios base del primer y tercer año regulatorio de los servicios de agua potable y alcantarillado, tanto para la localidad de Cajamarca como para las localidades de San Miguel y Contumazá, serán destinados a cubrir lo siguiente: i) costos de operación y mantenimiento necesarios para brindar los servicios de agua potable y alcantarillado, ii) costos de operación y mantenimiento de la nueva infraestructura, iii) costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados, iv) elaboración e implementación del plan de gestión de riesgos de desastres y adaptación al cambio climático y v) la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos, vi) implementación del plan de fortalecimiento de capacidades, entre otros. B. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS DE EPS SEDACAJ S.A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE La veri fi cación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión base autoriza a EPS SEDACAJ S.A. a aplicar los incrementos tarifarios considerados en la fórmula tarifaria base. El incremento tarifario en el tercer año regulatorio de 7,50% en el servicio de agua potable y 7,50% en el servicio de alcantarillado se aplicará en forma proporcional al porcentaje del Índice de Cumplimiento Global (ICG) obtenido al término del segundo año regulatorio. La empresa prestadora podrá acceder al saldo de los referidos incrementos tarifarios en los siguientes años del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada año .EPS SEDACAJ S.A. deberá acreditar ante la Dirección de Fiscalización de la SUNASS el cumplimiento del ICG obtenido para la aplicación de los referidos incrementos tarifarios. ANEXO Nº 3 ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE EPS SEDACAJ S.A. I. ESTRUCTURA TARIFARIA PARA EPS SEDACAJ S.A. En las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 4,00 se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. I.2 Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado: I.2.1 Para la localidad de Cajamarca: Clase Categoría RangoTarifa Agua Potable (S/ / m³)Tarifa Alcantarillado (S/ / m³) ResidencialSocial 0 a más 1,160 0,529 Doméstico 0 a 8 1,242 0,566 8 a 16 1,640 0,746 16 a más 2,812 1,280 No ResidencialComercial y otros0 a 30 2,230 1,007 30 a más 4,480 2,041 Industrial0 a 60 4,480 2,041 60 a más 6,097 2,778 Estatal0 a 30 2,230 1,007 30 a más 4,480 2,041 Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial y otrosIndustrial Estatal 10 15 30 100 100 I.2.2 Para la localidad de San Miguel y Contumazá: Clase Categoría RangoTarifa Agua Potable (S/ / m³)Tarifa Alcantarillado (S/ / m³) ResidencialSocial 0 a más 0,527 0,247 Doméstico 0 a 8 0,527 0,247 8 a 20 0,953 0,446 20 a más 1,854 0,870 No ResidencialComercial y otros0 a 30 1,542 0,735 30 a más 3,168 1,486 Industrial 0 a más 3,168 1,486 Estatal0 a 30 1,542 0,735 30 a más 3,168 1,486