Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2019 (07/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de diciembre de 2019 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO
Aprueban formato del convenio de cooperación interinstitucional entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y las municipalidades distritales comprendidas en su jurisdicción
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 67-2019-ATU/PE Lima, 6 de diciembre de 2019 VISTOS: El Memorándum N° 10-2019/ATU-DFS de la Dirección de Fiscalización y Sanción, Informe N° 005-2019-ATU/ DITUR-SR de la Subdirección de Regulación de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo é Informe N° 70-2019/ATU-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30900 del 27 de diciembre de 2018, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con competencia para planificar, regular, gestionar, supervisar, fiscalizar y promover la eficiente operatividad del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, para lograr una red integrada de servicios de transporte terrestre urbano masivo de pasajeros de elevada calidad y amplia cobertura, tecnológicamente moderno, ambientalmente limpio, técnicamente eficiente y económicamente sustentable; Que, la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30900 señala que en el plazo máximo de noventa días calendario, luego de publicada dicha norma y a partir de la instalación del Consejo Directivo, la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Provincial del Callao transfieren a la ATU el acervo documentario, bienes muebles e inmuebles, pasivos, obligaciones, contratos, recursos y personal, vinculados al ejercicio de la función transporte terrestre de personas; Que, la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30900 señala que las funciones vinculadas al proceso de transferencia de la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao, respectivamente, en adelante se entenderán efectuadas a la ATU; Que, conforme a lo señalado en los considerandos anteriores, mediante Resolución Ministerial N° 594-2019 MTC/01, se estableció que el 27 de junio de 2019, fecha de instalación del Consejo Directivo de la ATU, inició el computo del plazo para el proceso de transferencia a que hace referencia la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30900, Ley que crea la ATU, teniendo hasta el 25 de setiembre de 2019 como fecha límite para la conclusión del mismo; Que, el artículo 3 de la resolución antes mencionada señala que la ATU ejerce las funciones que son objeto de transferencia o fusión, a partir de la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción por parte de los integrantes de la Comisión de Transferencia y de la emisión por parte de la ATU del (los) acto (s) resolutivo (s) correspondientes, en el que se determine el inicio del ejercicio de sus funciones; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N°34-2019-ATU-PE se estableció el 23 de octubre de 2019 como fecha de inicio del ejercicio de las funciones transferidas a la ATU, por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima (Gerencia de Transporte Urbano),

y la Municipalidad Provincial del Callao (Gerencia General de Transporte Urbano), en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30900 y su reglamento; Que, con fecha 21 de noviembre de 2019 la ATU y la Municipalidad Metropolitana de Lima celebraron el "Convenio de delegación de competencia entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao y la Municipalidad Metropolitana de Lima", en virtud del cual -entre otros- se encarga al Servicio de Administración Tributaria­SAT de dicho municipio la continuidad del ejercicio de las funciones vinculadas a los procedimientos administrativos sancionadores señalados en el artículo primero de la Ordenanza N° 2162 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incluyendo las establecidas en el artículo 15 de la Ordenanza 154, modificada por la Ordenanza 1294, hasta el 30 de junio de 2020; Que, es necesario establecer un mecanismo que coadyuve al ordenamiento adecuado del servicio público de transporte terrestre de personas, dentro de la jurisdicción territorial de la ATU, lo que incluye a los distritos que conforman la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao; Que, el literal p) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la ATU, aprobada por Decreto Supremo N° 003-2019-MTC contempla, dentro de las funciones de la Presidencia Ejecutiva de la ATU, el suscribir convenios con personas jurídicas nacionales o internacionales, para promover el desarrollo del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, dentro del marco normativo vigente; Con el visado de la Gerente General, del Director de Fiscalización y Sanción y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao y sus modificatorias, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MTC, los literales a), j), k) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones aprobada por Decreto Supremo N°003-2019-MTC y la Resolución Suprema N° 004-2019MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el formato del convenio de cooperación interinstitucional entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y las municipalidades distritales comprendidas en su jurisdicción, que en anexo forma parte de la presente resolución, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución, así como su anexo en el portal institucional de la ATU (www.atu.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 1834832-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 225-2019-CONCYTEC-P Lima, 5 de diciembre de 2019

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