Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2019 (03/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 3 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Designar a partir del 4 de febrero de 2019, a la señora Lyda Lizbeth Casas Salazar, en el cargo de Directora de Programa Sectorial IV - Directora General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura, Nivel F-5, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS MARTÍN VALENCIA ESPINOZA Ministro de Cultura 1737725-1

Designan Asesor II de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2019-MC Lima, 1 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial N° 204-2017-MC, el mismo que ha sido reordenado con Resoluciones Ministeriales N° 506-2017-MC, N° 306-2018-MC, N° 4392018-MC, el cargo de Asesor II de la Secretaría General del Ministerio de Cultura es considerado de confianza; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor II de la Secretaría General, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Willy Arturo Olivera Absi, en el cargo de Asesor II de la Secretaría General del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS MARTIN VALENCIA ESPINOZA Ministro de Cultura 1737750-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0108-2019 DE/EP Jesús María, 30 de enero de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 015/DRIE/SECC RESOL del 11 de enero de 2019, del Comandante General del Ejército; y el Dictamen N° 081-2019/OAJE/L-1, del 11 de enero de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 1325-SRI/5 SCh/EME del 04 de setiembre de 2018, el Jefe de la Sección de Relaciones

Internacionales del Ejército Brasileño, en el marco del Plan de Cursos y Pasantías para Militares Extranjeros en el Ejército Brasileño para el 2019 (PCEMEEB/2019), remitió al Agregado Militar del Perú en el Brasil, una (01) página conteniendo los datos de los cursos disponibles para el Ejército del Perú; entre los que se encuentra una (01) vacante para el Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales de Naciones Amigas (CCEM/ONA) en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de Brasil; en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 04 de febrero al 29 de noviembre de 2019; Que, con Hoja de Recomendación N° 003/U-4.b.1/05.00 del 09 de enero de 2019, el Comandante General del Ejército propuso la designación del Mayor EP Carlos Antonio CASAS CARRION, para participar como alumno del Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de Brasil, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 04 de febrero al 29 de noviembre de 2019; Que, de acuerdo a lo descrito en el Dictamen N° 0812019/OAJE/L-1, del 11 de enero de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, considera que el Proyecto de Resolución Ministerial se encuentra acorde con la normatividad vigente; Que, conforme a la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, se precisa que el viaje de estudios del Oficial Superior designado, es conveniente e importante para la institución, ya que permitirá dar cumplimiento a la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2002-2021 (Objetivo 1), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; permite ganar experiencia y roce internacional con los integrantes de otras Fuerzas Armadas; se capaciten, especialicen y adquieran nuevos conocimientos doctrinarios y prácticas de los alumnos e instructores y contribuye al intercambio, integración, interpretación y ejercicio de la doctrina; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de Educación del Ejército del 08 de enero de 2019, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y Gastos de Traslado de ida y vuelta, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, la actividad antes señalada se encuentra considerada en el Plan de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2019; el cual se encuentra pendiente de aprobación; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, considerando la duración de la Misión de Estudios, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa y dos (02) hijos, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país;

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