Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2019 (03/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 3 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de Osinergmin, Ley Nº 26734, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, Ley Nº 27699, el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin (ROF) aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM, la Resolución de Consejo Directivo Osinergmin Nº 218-2016-OS-CD y, el artículo 24 del Procedimiento para la Adecuación del SCOP a los productos incluidos en el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 169-2015-OS/CD. SE RESUELVE: Artículo 1.- Formato de Declaración Jurada Aprobar el formato de Declaración Jurada de la comercialización de GLP que permitirá a los responsables de las Plantas Envasadoras registrar sus inventarios iniciales, compras, ventas e inventarios finales de GLP-G y GLP-E, de acuerdo a los Anexos que forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Oportunidad de presentación La Declaración Jurada de la comercialización de GLP, aprobada a través de la presente resolución, deberá presentarse dentro de los diez (10) primeros días hábiles de junio de 2019, y así en los meses siguientes, según lo dispuesto en el artículo 24 del Procedimiento para la Adecuación del SCOP a los productos incluidos en el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 169-2015-OS/CD. Artículo 3.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del 01 de mayo de 2019. Artículo 4.- Publicación Autorizar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; los Anexos a que se refiere el artículo 1 serán publicados en el portal electrónico de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). PEDRO JAVIER ISUSI VARGAS Gerente de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos (e)

de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Memorándum N° 063-2019-SUNAFIL/ GG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, documentos de fecha 1 de febrero de 2019, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral, y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y promover la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 120-2017-TR, reordenado por las Resoluciones de Superintendencia N°s 168 y 216-2017-SUNAFIL, y N°s 025 y 080-2018-SUNAFIL, la Oficina General de Administración cuenta con tres (03) puestos de Coordinador, clasificados como empleados de confianza; Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 180-2018-SUNAFIL, se designó a la señora Karla Elena del Milagro Seminario Meléndez en el cargo de Coordinadora de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL; quien ha presentado su renuncia al cargo; por lo que, corresponde aceptarla y designar a la persona que asumirá dicho cargo; Que, a través del documento de vistos, el Jefe de la Oficina General de Administración propone la designación en el cargo de Coordinadora de la Oficina General de Administración de la SUNAFIL a la señora Sonia Mily León Rivera, a fin de no afectar las acciones administrativas; Que, a través del Informe de vistos, la Oficina de Recursos Humanos emite opinión favorable para la designación de la señora Sonia Mily León Rivera en el cargo de Coordinadora de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, considerando que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificación de Cargos de la SUNAFIL (Versión 04), aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 240-2017-SUNAFIL; Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; SE RESUELVE:

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En el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 169-2015-OS/CD.

1737727-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Coordinadora de la Oficina General de Administración
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 054-2019-SUNAFIL Lima, 1 de febrero de 2019 VISTOS: El Memorándum N° 293-2019-SUNAFIL-GG-OGA, de la Oficina General de Administración; el Informe N° 107-2019-SUNAFIL/GG-OGA-ORH, de la Oficina

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora KARLA ELENA DEL MILAGRO SEMINARIO MELÉNDEZ al cargo de Coordinadora de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora SONIA MILY LEON RIVERA en el cargo de Coordinadora de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a las personas mencionadas en los artículos precedentes, así como a la Oficina General de Administración, para las acciones pertinentes.

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