Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2019 (11/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 11 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Regístrese, comuníquese y publíquese. KEN TAKAHASHI GUEVARA Presidente Ejecutivo Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú ­ SENAMHI 1739806-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Reglamento Operativo del Programa de Apoyo a la Internacionalización
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2019-EF/15

CULTURA
Designan Director General de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 055-2019-MC Lima, 8 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial N° 204-2017-MC, el mismo que ha sido reordenado con Resoluciones Ministeriales N° 506-2017-MC, N° 306-2018-MC y N° 4392018-MC, el cargo de Director General de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura es considerado de confianza; Que, encontrándose vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura, resulta necesario designar a la persona que lo ejercerá; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir del 11 de febrero de 2019, al señor Gustavo Arturo Zambrano Chávez, en el cargo de Director General de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS MARTIN VALENCIA ESPINOZA Ministro de Cultura 1739802-1

Lima, 8 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 30 de la Ley Nº 30230, Ley que establece Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión en el País, se crea el Fondo MIPYME que tiene por objeto financiar fondos de garantía o afianzamiento para empresas del sistema financiero o mercado de valores, y para participar en el financiamiento de fondos orientados a la adquisición de facturas conformadas y negociables emitidas por las micro, pequeñas y medianas empresas a través de empresas del sistema financiero o del mercado de valores, a través de instrumentos de servicios financieros, e incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas a través de instrumentos para difusión tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no financieros; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 060-2015-EF, que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME, dispone que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, con opinión favorable previa del Ministerio de la Producción, se aprueban los Reglamentos Operativos del Fondo MIPYME, así como sus modificaciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 147-2016EF/15 se aprueba el Reglamento Operativo del Programa de Apoyo a la Internacionalización; Que, posteriormente, el Decreto Legislativo Nº 1403 que impulsa el Fortalecimiento de las Empresas Exportadoras en el Fondo MIPYME dispone que son empresas beneficiarias de los instrumentos no financieros del Fondo MIPYME, las micro, pequeñas y medianas empresas a las que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley del Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, y las empresas exportadoras a las que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 050-2002 y el Decreto Supremo Nº 171-2002-EF; Que, mediante Acta de Sesión Nº 28 del Comité de Dirección del Fondo MIPYME del 27 de junio de 2018 se acordó la aprobación del Reglamento Operativo del Programa de Apoyo a la Internacionalización teniendo en cuenta los aportes de los operadores, de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y Turismo ­ PROMPERÚ, y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y con la finalidad de incluir definiciones, especificar las funciones del Comité Técnico del

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