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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (11/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Lunes 11 de febrero de 2019 / El Peruano Programa, modi fi car los importes y porcentajes asignados por cada componente, ampliar plazos y reformular el nombre de modalidades, incluir o modi fi car nuevos gastos no elegibles, entre otros; Que, en atención a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1403, la propuesta del Comité Directivo del Fondo MIPYME y los aportes de PROMPERÚ, la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas conjuntamente con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo elaboran el proyecto de Reglamento Operativo del Programa de Apoyo a la Internacionalización, con la fi nalidad de ampliar el número de bene fi ciarios de este instrumento no fi nanciero, lo que permitirá que las micro, pequeñas y medianas empresas posean mayores niveles de competitividad y mejoren sus condiciones operativas para acceder a fi nanciamiento productivo en el sistema fi nanciero formal, promoviendo con ello mayores ventas de estas empresas, lo cual, a su vez, impulsa la generación de empleo y el crecimiento económico; Que, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 060-2015-EF, mediante O fi cio Nº 006-2019-PRODUCE/DVMYPE-I, el Ministerio de la Producción emite opinión favorable al proyecto de Reglamento Operativo del Programa de Apoyo a la Internacionalización; Que, por consiguiente, mediante Informe Nº 018-2019- EF/65.02, la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas señala que resulta pertinente aprobar el Reglamento Operativo de Apoyo a la Internacionalización; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simpli fi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; el Decreto Legislativo No 1403, Decreto Legislativo que impulsa el Fortalecimiento de las Empresas Exportadoras del Fondo MIPYME, y el Decreto Supremo Nº 060-2015-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Operativo del Programa de Apoyo a la Internacionalización, que consta de cuatro (4) títulos y cuarenta y cinco (45) artículos; el mismo que en calidad de anexo forma parte integrante de la Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 147- 2016-EF/15. Artículo 3.- Disponer la publicación de la Resolución Ministerial y su anexo en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1739819-1 EDUCACION Designan Directora de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2019-MINEDU Lima, 7 de febrero de 2019VISTOS, el Expediente Nº VMGP2019-INT-0018222, el O fi cio Nº 00009-2019-MINEDU/VMGP del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00026-2019-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y,CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 732-2018-MINEDU, se encargaron las funciones de Directora de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo de funciones al que se hace referencia en el considerando precedente y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Directora de la Dirección de Evaluación Docente; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la Dirección General de Desarrollo Docente y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones conferido mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 732-2018-MINEDU. Artículo 2.- Designar a la señora KARIM VIOLETA BOCCIO ZUÑIGA en el cargo de Directora de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1739523-1 Aprueban la Norma Técnica “Orientaciones para la Implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 024-2019-MINEDU Lima, 8 de febrero de 2019VISTOS, el Expediente N° 0016306-2019, los Informes N° 003-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR, N° 030-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR-CNEB y N° 001-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR-SMCC de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 87-2019-MINEDU/SG-OGAJ y el O fi cio N° 113-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, asimismo, el artículo 33 de la citada Ley establece que el currículo de la Educación Básica se sustenta en los principios y fi nes de la educación peruana, y que el Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales; precisándose que, en la instancia regional y local, se diversi fi can a fi n de responder a las características de los estudiantes y del entorno; y que, en ese marco, cada institución educativa construye su propuesta curricular, que tiene valor o fi cial;