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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2019 (11/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Jueves 11 de julio de 2019 El Peruano / ANEXO N° 4 INDICADORES DE FRECUENCIA, SEVERIDAD Y ACCIDENTABILIDAD DE LA OBRA Indicador Mensual Acumulado Índice de Frecuencia (IF) Índice de Severidad (IS) Índice de Accidentabilidad (IA) ANEXO N° 5 TABLA DE DÍAS CARGO CLASIFICACIÓN DE LESIONES DEL TRABAJO DÍAS A CARGARSE 1.- Muerte. 6,000 2.- Incapacidad total permanente: A) Lesiones que incapaciten total o permanentemente al/a la trabajador/a para efectuar cualquier clase de trabajo remunerado 6,000B) Lesiones que resulten en la pérdida anatómica o la pérdida funcional total de: a) Ambos ojos 6,000 b) Ambos brazos 6,000c) Ambas piernas 6,000d) Ambas manos 6,000e) Ambos pies 6,000f) Un ojo y un brazo 6,000g) Un ojo y una mano 6,000 h) Un ojo y una pierna 6,000 i) Un ojo y un pie 6,000j) Una mano y una pierna 6,000k) Una mano y un pie 6,000l) Un brazo y una mano, siempre que no sea de la misma extremidad 6,000m) Una pierna y un pie, siempre que no sea de la misma extremidad 6,000 3.- Incapacidad parcial permanente: A.- Lesiones que resulten en la pérdida anatómica o la pérdida total de la función de: a) Un brazo: 1.- Cualquier punto arriba del codo, incluyendo la coyuntura del hombro 4,5002.- Cualquier punto arriba de la muñeca hasta el nivel del codo 3,600 b) Una pierna:1.- Cualquier punto arriba de la rodilla (muslo) 4,500 2.- Cualquier punto arriba del tobillo hasta la rodilla 3,000 c) Mano, dedo pulgar y otros dedos de la mano: Amputación de todo o Pulgar Índice Medio Anular Meñique parte del hueso1.- Tercera falange (uña) 300 100 75 60 502.- Segunda falange (medio) 200 150 120 1003.- Primera falange (próxima) 600 400 300 240 2004.- Metacarpo 900 600 500 450 4005.- Mano hasta la muñeca 3,000 d) Pie, dedo grande y otros dedos del pie: Amputación de todo o Dedo grande c/u de los dedos parte del hueso1.- Tercera falange (uña) 150 352.- Segunda falange (medio) 753.- Primera falange (próximo) 300 1504.- Metatarso 600 3505.- Pie hasta el tobillo 2400 B.- Lesiones que resulten en la pérdida de las funciones fi siológicas: a) Un ojo (pérdida de la visión), esté o no afectada la visión del otro ojo 1,800 b) Un oído (pérdida total de la audición), esté o no afectada laaudición del otro oído 60c) Ambos oídos (pérdida total de la audición) en un accidente 3,000d) Hernia no operada 50 1787274-4 Designan miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2019-TR Lima, 10 de julio de 2019CONSIDERANDO:Que, el inciso 6.1 del artículo 6 de la Ley N° 27056, Ley de creación del Seguro Social de Salud – ESSALUD, establece que los representantes del Estado ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, los numerales 5.2 y 5.3 del artículo 5 de la Ley N° 27056, Ley de creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establecen que, el Consejo Directivo de este organismo está integrado, entre otros, por tres representantes del Estado cuyos mandatos son ejercidos por dos (2) años, pudiendo ser renovados una sola vez por un periodo igual; Que, mediante Resolución Suprema N° 004-2017-TR, de fecha 22 de marzo de 2017, se designó al señor RAUL EMILIO DEL SOLAR PORTAL, como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado, y habiendo culminado el periodo de dos (2) años establecido, corresponde designar al nuevo representante del Estado ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud – ESSALUD; y,De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; el artículo 6 de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD y modi fi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-99-TR y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor RAUL EMILIO DEL SOLAR PORTAL, como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora URSULA DESILU LEON CHEMPEN, como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado. Artículo 3.- La presente resolución suprema es refrendada por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1787587-4