Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2019 (19/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 19 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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se aprobó la Ordenanza Regional Nº 288-2018-GRJ/CR, que derogo la Ordenanza Regional Nº 267-GRJ/CR de aprobación del ROF de la Red de Salud Jauja y Hospital Domingo Olavegoya. Derogada la Ordenanza Regional Nº 267-GRJ/CR, la Red de Salud Jauja y Hospital Domingo Olavegoya se encuentran por más de un año sin el marco normativo que sustente la legalidad de las funciones que realiza y servicios que presta. Que, con Oficio Nº 08-2019-GRJ-CR/SAG, de fecha 29 de marzo de 2019, en el que solicita informe legal. Teniendo el informe técnico de la referencia, donde se recomienda derogar la Ordenanza Regional Nº 2882018/GRJ/CR, así como la Ordenanza Regional Nº 267GRJ/CR y la Ordenanza Regional Nº 288-2018-GRJ, La Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento territorial y Desarrollo Institucional, solicita informe legal para proseguir con el trámite ante Consejo Regional, asimismo solicita opinión sobre si es procedente aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Domingo Olavegoya y el Red de Salud de Jauja luego de derogadas las mencionadas ordenanzas. Que, con Oficio Nº 14-2019-GRJ-CR/SAG, de fecha 04 de abril de 2019, en el que remite información de 04 anillados sobre informe sustentatorio de modificación del reglamento de organización y funciones (ROF) Hospital Domingo Olavegoya y el Red de Salud de Jauja. Que, con Informe legal Nº 183-2019, de fecha 05 de abril del 2019, donde son de opinión favorable con respecto a la modificación del ROF de la Red de Salud ­ Jauja como también del Hospital Domingo Olavegoya - Jauja. Que, con Reporte Nº 161-2019-GRJ/ORAJ, de fecha 05 de abril del 2019, en cumplimiento a los documentos de la referencia se emite informe legal Nº 183-2019-GRJ/ ORAJ. Que, con Informe Nº 013-2019-GRJ/GGR-ORDITI, de fecha 29 de abril del 2019, en el que emite el Informe ROF Jauja. Que, con Informe Nº 018-2019-GRJ/GGR-ORDITI, de fecha 05 de mayo del 2019, en el que Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, solicita al despacho del consejero realizar las coordinaciones respectivas con el área competente para que la aprobación del documento sea de acuerdo al marco normativo pertinente. Que, con Oficio Nº 44-2019-GRJ-CR/SAG, de fecha 22 de mayo de 2019, en el que solicita ampliación de informe técnico del reglamento de organización y funciones ­ ROF, del Hospital Domingo Olavegoya y el Red de Salud de Jauja teniendo en cuenta que para su aprobación de dicho instrumento de gestión debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional. Que, con Memorando Nº 537-2019-GRJ-ORAJ, de fecha 23 de mayo del 2019, a fin de que se sirva ampliar el informe técnico del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, del Hospital Domingo Olavegoya y el Red de Salud de Jauja, conforme al requerimiento efectuado por el Consejero Regional de la Provincia de Chupaca. Que, con Oficio Nº 46-2019-GRJ-CR/SAG, de fecha 24 de mayo del 2019, en el que solicita ampliación de informe legal de la referencia, de acuerdo a los informes técnicos de ORDITI, debido a que hasta el momento no se aprueba los documentos de gestión de la Red de Salud de Jauja y del Hospital Domingo Olavegoya, lo que está ocasionando perjuicio al personal de ambas entidades, de conformidad con el Reglamento Interno del Consejo Regional Junín, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 294-2018-GRJ/CR, concordante con la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Que, con Oficio Nº 47-2019-GRJ-CR/SAG, de fecha 24 de mayo, en el que solicita ampliación de informe legal. Se debe tener en cuenta que el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 304-GRJ/CR en su artículo 54º, literal f) dice "emitir opinión jurídica en los proyectos de ley de iniciativa del Gobierno Regional, así como en los casos de Ordenanzas Regionales, Decretos Regionales y Resoluciones Ejecutivas Regionales, con el fin de pronunciarse sobre su legalidad", asimismo, el literal i)

estipula como su función "emitir opinión sobre el proyecto de ordenanzas, acuerdos y demás normas regionales que vayan a ser expedidas por el Consejo Regional", y como debe ser de su conocimiento, las ordenanzas regionales tienen rango de ley. En tal sentido, le reitero la ampliación del informe legal sustentado en lo siguiente: tal como se le explico a través del Oficio Nº 090-2008/GRJ-CR/SAG de fecha 29 de marzo, se tiene el informe técnico Nº 012-2019-GGR-ORDITI, reafirmado por el informe técnico Nº 013-2019-GRJ/GGR-ORDITI, donde se recomienda derogar la Ordenanza Regional, y la Ordenanza Regional 288-2018-GRJ/CR, para aprobar a través de Ordenanza Regional el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Domingo Olavegoya, y el de la Red de Salud de Jauja. Esto debido a que el Ministerio de Salud exige la aprobación de dicho documento de gestión con la norma mencionada y no con Resolución Ejecutiva como manda la Ordenanza Regional Nº 090-2008/GRJ/CR. En tal sentido, solicito a su oficina pronunciarse respecto a la legalidad de la derogatoria de las Ordenanzas Regionales mencionadas, asi como también opinar si el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de la Red de Salud de Jauja y el Hospital Domingo Olavegoya cumplen con los Lineamientos Legales establecidos para ser aprobados por el Consejo Regional de ser derogado la Ordenanza Regional Nº 090-2008/GRJ/CR. Que, con Oficio Nº 21-2019-GRJ/ORAJ, de fecha 27 de mayo del 2019, en el que solicita se sirva precisar la cuestión sobre el cual requiere la ampliación de informe legal. Que, con Informe Legal Nº 286-2019-GRJ/ORAJ, de fecha 28 de mayo del 2019, en el que declara PROCEDENTE la aprobación del ROF de la Red de Salud ­ Jauja como también del Hospital Domingo Olavegoya ­ Jauja mediante Ordenanza Regional, tal cual lo señala el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM en su Artículo 45. DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 090-2008-GRJ/ CR, en razón a que a la fecha se encuentra vigente el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM la cual aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. Que, con Reporte Nº 227-2019-GRJ/ORAJ, de fecha 30 de mayo del 2019, en el que remite informe legal Nº 286-2019-GRJ/ORAJ. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, contando con Dictamen favorable Nº 029-2019-GRJ-CR/CPPPATyDI la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 090-2008/GRJ/ CR, ORDENANZA REGIONAL Nº 267-GRJ/CR, ORDENANZA REGIONAL Nº 288-2018/GRJ/CR; Y APRUEBA ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA RED DE SALUD DE JAUJA Y DEL HOSPITAL DOMINGO OLAVEGOYA (JAUJA)". Artículo Primero.- DEROGAR, EN TODOS SUS EXTREMOS LA ORDENANZA REGIONAL Nº 090-2008/ GRJ/CR, ORDENANZA REGIONAL Nº 267-GRJ/CR, ORDENANZA REGIONAL Nº 288-2018/GRJ/CR; Artículo Segundo.- ESTABLECER, QUE A PARTIR DE LA FECHA TODO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL ÁMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN DEBE SER APROBADO POR ORDENANZA REGIONAL. Artículo Tercero.- APROBAR, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA RED DE SALUD ­ JAUJA. 35 folios. Cuenta con Sección Primera: (Título I. Disposiciones Generales, Título II - Órganos de Primer Nivel Organizacional, Título III - Órganos del Segundo Nivel Organizacional). Sección Segunda (Tercer Nivel Organizacional). Artículo Cuarto.- APROBAR, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL HOSPITAL DOMINGO OLAVEGOYA - JAUJA. 31 folios. Cuenta con Sección Primera: (Título I. Disposiciones Generales, Título II - Órganos de Primer Nivel Organizacional, Título

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