Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Sábado 20 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Autorizan a Repuestos Bong S.A.C. para funcionar como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado en el distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0155-2019-MTC/17.03 Lima, 7 de junio de 2019 VISTO: La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-1406042019, presentada por la empresa "REPUESTOS BONG S.A.C.", así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud; y, CONSIDERANDO: Que, la Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, elevada al rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, aprueba la Directiva Nº 001-2005MTC/15 "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV", en adelante la Directiva, la cual establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la Directiva señala que el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-140604-2019 del 10 de mayo de 2019, la empresa "REPUESTOS BONG S.A.C.", en adelante la Empresa, solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, en el local ubicado en prolongación Parinacochas N° 1561, distrito La Victoria, provincia y departamento de Lima, con la finalidad de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión. Que, con Oficio N° 5177-2019-MTC/17.03 del 27 de mayo de 2019, notificado el 30 de mayo de 2019, se formularon las observaciones a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente; para la cual se le otoró un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-168297-2019 del 04 de junio de 2019, la Empresa, presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio N° 5177-2019MTC/17.03; Que, de acuerdo al Informe Nº 565-2019MTC/17.03.01, elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la Empresa como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Ley N°

29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2018-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2019-MTC y la Resolución Ministerial N° 015-2019 MTC/01; Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y, la Resolución Directoral Nº 3990-2005MTC/15 que aprueba la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que es elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2° del Decreto Supremo N° 0162008-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la empresa "REPUESTOS BONG S.A.C.", como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, actividad que deberá realizar en el local ubicado en Prolongación Parinacochas N° 1561, distrito La Victoria, provincia y departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años. Artículo 2.- La empresa "REPUESTOS BONG S.A.C.", bajo responsabilidad debe presentar a esta Dirección el "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Primera Inspección anual del taller Segunda Inspección anual del taller Tercera Inspección anual del taller Cuarta Inspección anual del taller Quinta Inspección anual del taller Fecha máxima de Presentación 14 de febrero de 2020 14 de febrero de 2021 14 de febrero de 2022 14 de febrero de 2023 14 de febrero de 2024

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación del Certificado de Inspección del Taller al vencimiento del plazo antes indicado, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6.1 del artículo 6 de La Directiva, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa "REPUESTOS BONG S.A.C.", bajo responsabilidad debe presentar a esta Dirección la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha máxima de presentación 28 de mayo de 2020 28 de mayo de 2021 28 de mayo de 2022 28 de mayo de 2023 28 de mayo de 2024

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva

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