Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 20 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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SALUD
Aprueban modificación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Inversiones en Salud - PRONIS, excluyendo a la Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 652-2019/MINSA Lima, 17 de julio del 2019 VISTOS: El Expediente N° 19-071187-008, que contiene el Oficio N° 1107-2019-MINSA/PRONIS-CG del Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS, el Informe N° 098-2019-OOM-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 436-2019-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 38.2. del artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias, establece que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, mediante Decreto Supremo N° 035-2014SA, modificado por el Decreto Supremo N° 032-2017SA, se creó el Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS, bajo el ámbito del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, con la finalidad de ampliar y mejorar la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud y coadyuvar a cerrar las brechas en infraestructura y oferta de servicios para obtener las mejoras sanitarias, en cumplimiento de los lineamientos de la política nacional y sectorial; Que, conforme a la Resolución Ministerial N° 203-2018/MINSA del 08 de marzo de 2018, el PRONIS, dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, ejecuta las obras de rehabilitación y reconstrucción de ciento cincuenta y uno (151) establecimientos de salud, que requieren intervenciones más profundas de rehabilitación y reconstrucción con cambios, ubicados en los departamentos de Piura, Ancash, Lima, Lambayeque, La Libertad, Ica, Tumbes, Cajamarca y Loreto, contenidos en el Plan de Reconstrucción de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y sus anexos, aprobados mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 124-2017-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1151-2018/ MINSA del 21 de noviembre de 2018, se aprobó el Manual de Operaciones del PRONIS, el cual regula la organización, funciones, procesos y procedimientos del citado Programa Nacional; Que, el citado Manual de Operaciones del PRONIS prevé dentro de su estructura funcional a la Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción como unidad de línea encargada de planificar, organizar, dirigir, coordinar, monitorear y supervisar las intervenciones en infraestructura y equipamiento de salud afectados por desastres, de acuerdo a la normatividad específica, al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y disposiciones del Sector; Que, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2018PCM, y modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018PCM, el Manual de Operaciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza, entre otros, la estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos N°s. 011-2017-SA

y 032-2017-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, mediante el Oficio N° 1107-2019-MINSA/ PRONIS-CG, el PRONIS remite una propuesta de modificación de su Manual de Operaciones, así como el Informe N° 156-2019-MINSA-PRONIS/UPPM de su Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el cual indica que "la propuesta de modificación del Manual de Operaciones incorpora las funciones y competencias que corresponden al PRONIS en el marco de la normatividad vigente; asimismo, la exclusión de la Unidad de Gestión de Inversiones en Reconstrucción responde (...) a la necesidad de dar flexibilidad y celeridad a la ejecución de las intervenciones consideradas en el Plan de Reconstrucción con Cambios; Que, mediante el Informe N° 098-2019-OOM-OGPPM/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud emite opinión técnica favorable en relación con la propuesta de modificación del Manual de Operaciones del PRONIS indicando que el mismo responde "a la eliminación del órgano de línea ­ Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción y sus respectivas unidades, estableciendo un nuevo diseño organizacional que permitirá dar mayor flexibilidad y fluidez en el manejo administrativo de los órganos y el desarrollo adecuado de los procesos y procedimientos para la obtención de resultados y el logro de objetivos del PRONIS"; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud modificada por la Ley N° 30895 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por los Decretos Supremos N°s. 0112017-SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modificación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS, excluyendo a la Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 203-2018/MINSA, así como cualquier otra disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Encargar al Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud la implementación de las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Las acciones para la desactivación de la Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción del PRONIS se efectúan a partir del inicio de actividades de la Unidad Funcional: "Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción con Cambios" del Ministerio de Salud. Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General la adopción de las acciones administrativas necesarias para la transferencia del acervo documentario, recursos presupuestarios, de personal y otros que resulten necesarios de la Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción del PRONIS a la instancia correspondiente. Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1790778-1

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