Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 20 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, el literal b) del artículo 25 del Decreto Legislativo N° 1068, establece que la designación de los procuradores públicos y procuradores públicos adjuntos culmina, entre otras razones, por término de la designación; Que, mediante Resolución Suprema N° 294-2009JUS, del 19 de diciembre de 2009, se designó a la abogada PATRICIA CORREA TINEO como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante oficio N° 049-2019-MIMP/DM, del 29 de abril de 2019, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, pone de conocimiento al Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, la decisión de dar por concluida la designación de la abogada PATRICIA CORREA TINEO como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 14 de junio de 2019, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó proponer dar término a la designación de la abogada PATRICIA CORREA TINEO como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar término a la designación de la abogada PATRICIA CORREA TINEO como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1790852-8

Aprueban lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo la rectoría o conducción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y precisan vigencia de diversos instrumentos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0290-2019-JUS Lima, 19 de julio de 2019 VISTOS, el Informe Técnico N° D000016-2019CEPLAN-DNCPPN del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el Informe N° 262-2019-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 770- 2019-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como función de los Ministerios, entre otros, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, por su parte, el literal b) del artículo 6 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece como funciones rectoras del MINJUSDH, entre otras, formular, ejecutar y supervisar las políticas nacionales que le son propias por su ámbito de competencia; Que, asimismo, el literal b) del numeral 5.1 del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece como funciones rectoras del MINJUSDH, entre otras, las de formular, ejecutar y supervisar las políticas nacionales que le son propias por su ámbito de competencia; Que, mediante el Decreto Supremo N° 029-2018PCM, se aprobó el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, el cual tiene como objeto regular las políticas nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, estableciendo las normas que rigen su rectoría, en el marco de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado Reglamento, y a fin de adecuar las políticas nacionales estratégicas vigentes a lo determinado en el mismo, se establece que los Ministerios recopilan, organizan y analizan las políticas nacionales, estrategias y otros documentos que hagan sus veces, a su cargo o en los que participen, aprobados hasta antes de la entrada en vigencia de dicho Reglamento, a fin de remitir al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN la lista sectorial de políticas nacionales que proponen mantener o, de ser el caso, actualizar; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2018/CEPLAN/PCD, modificada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00057-2018/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, aprobó la "Guía de Políticas Nacionales" en cuya parte 3 establece que el proceso de actualización de una política nacional, multisectorial o sectorial, consiste en la adaptación o cambio de los contenidos de la misma de tal manera que responda a las características y dinámicas actuales del problema público, a las nuevas prioridades de gobierno o a cambios de la normativa en la materia; Que, por otro lado, el numeral 6 de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, establece que con la opinión técnica previa del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, cada Ministerio aprueba mediante resolución de su titular la lista sectorial de políticas nacionales bajo su rectoría o conducción; Que, en este contexto normativo, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos participó del proceso de revisión e inventario de las políticas nacionales vigentes, habiendo comunicado al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN la lista sectorial de políticas nacionales que proponen mantener o, de ser el caso, actualizar, mediante el Oficio N° 1383-2019-JUS/ OGPM; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, mediante el Oficio Nº D000349-2019-CEPLAN/ DNCP que contiene el Informe Técnico N° D0000162019-CEPLAN-DNCPPN concluyó, entre otros, que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante resolución de su Titular, debe aprobar la lista sectorial de políticas nacionales bajo su rectoría y conducción, señalando los documentos de Política Nacional que ésta debe contener;

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