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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2019 (24/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de julio de 2019 El Peruano / Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental a nivel nacional, mediante los cuales eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental – Sede Ayna – San Francisco, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verifi cación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto en el mencionado documento y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar al abogado Nadab Neftaly Gómez Toledo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental – Sede Ayna – San Francisco, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental a nivel nacional, Gerencia General, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1791687-15 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1885-2019-MP-FN Lima, 23 de julio de 2019VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio N° 297-2019-MP-PJFS-DF-CAJAMARCA, cursado por el abogado Cristian Javier Araujo Morales, Fiscal Superior Titular Civil y Familia de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, mediante el cual eleva las propuestas para cubrir las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales, para los Despachos de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca y Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Cajamarca, las mismas que, a la fecha, se encuentran vacantes y en consecuencia se hace necesario nombrar a los fi scales que ocupen provisionalmente dichos cargos, previa veri fi cación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar al abogado Augusto David Gallardo Bardales, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado Fredy Ricardo Cruzado Vásquez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Cajamarca, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1791687-16 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1886-2019-MP-FN Lima, 23 de julio de 2019VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio N° 671-2019-MP-FN-PJFSHUANCAVELICA, cursado por el abogado Miguel Ángel Ramos Ríos, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, mediante el cual formula propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial para el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancavelica, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Noemí Pilar Villanueva Yupanqui, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancavelica. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1791687-17 Dan por concluidos nombramientos y designaciones, nombran y designan fiscales en diversos Distritos Fiscales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1887-2019-MP-FN Lima, 23 de julio de 2019VISTO Y CONSIDERANDO: El O fi cio N° 7222-2019-FSC-FECOR-MP-FN, cursado por el abogado Jorge Wayner Chávez Cotrina, Fiscal Superior Titular Especializado Contra la Criminalidad Organizada de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en su condición de Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, mediante el cual remite la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de ley.