Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2019 (02/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de junio de 2019 /

El Peruano

aventura, naturaleza y sostenibilidad, con el propósito de diversificar nuestra oferta; asimismo, los días 08 y 09 de junio del mismo año, se realizará una reunión de coordinación con la Oficina Comercial de Perú OCEX Londres, además de las acciones previas necesarias para la óptima presentación en este evento; Que, es importante la participación en tal evento, por constituir LATA, una de las asociaciones más representativas e importantes de Reino Unido; además, esta actividad se caracteriza por sus reuniones personalizadas entre tour operadores y agentes de viaje, seleccionados por su potencial de venta y comercialización, lo que facilita establecer nuevos contactos, fortalecer las relaciones existentes y dar a conocer los atractivos que nuestro destino ofrece; Que, en el marco de la participación peruana en el evento ELA, los días 11 y 12 de junio de 2019, en la ciudad de Glasgow, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, PROMPERÚ ha programado realizar el evento Door to Door Glasgow, con la finalidad de realizar visitas a la industria turística (tour operadores, agentes de viaje, aerolíneas y medios de prensa) para dar a conocer los últimos desarrollos de la oferta turística peruana, capacitar sobre el destino e incentivar su venta; Que, el día 13 de junio del mismo año, en la ciudad de Londres, se realizará un desayuno de prensa medios de la industria turística británica para dar a conocer las novedades de la oferta turística peruana y un evento de capacitación y networking, dirigida a los agentes de viajes británicos con la finalidad de reforzar los conocimientos del destino Perú y su oferta turística, así como promover entre ellos el uso de la herramienta digital "Peru Agent" que es un soporte de venta para el agente de viajes; Que, en tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim y Cynthia Katherine Melgarejo Yactayo, quienes laboran en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ, participen en los eventos antes señalados para la promoción del turismo; Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim, a las ciudades de Londres, Glasgow, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 07 al 14 de junio de 2019 y Cynthia Katherine Melgarejo Yactayo, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 07 al 14 de junio de 2019, para que en representación de PROMPERÚ participen en el "Experience Latin America (ELA)", y en las diversas actividades que se señalan en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo receptivo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos Total Viáticos Nro. Nombre y apellidos Clase Económica Continente Viáticos día US$ días US$ US$ Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim Cynthia Katherine Melgarejo Yactayo 1 580,63 Europa 1 580,63 540,00 6 3 240,00 540,00 6 3 240,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1774511-1

Aprueban a Construyendo Hoteles S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel BALTA"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 195-2019-MINCETUR Lima, 30 de mayo de 2019 Visto, el Oficio N° 479-2019/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, el Oficio N° 1323-2019-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas y el Memorándum N° 575-2019-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato; Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, concordado con el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 973, establece que mediante Resolución Ministerial se precisará, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV; Que, con fecha 28 de mayo de 2019, la empresa CONSTRUYENDO HOTELES S.A.C., celebró, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Hotel BALTA", en adelante el Proyecto, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el artículo 3 de la referida norma legal; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Reglamento, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio N° 1323-2019-EF/13.01, adjunta el Informe N° 114-2019-EF/61.01 de la Dirección General de Políticas de Ingresos Públicos, el cual opina que procede la aprobación de la lista de bienes, servicios y contratos de construcción presentada por la

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