Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2019 (26/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 26 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a lo señalado en el precitado documento, la XLV Reunión de Ministros de Cultura del MERCOSUR tiene por objetivo consolidar los acuerdos alcanzados por las Comisiones de Trabajo reunidas durante el semestre así como facilitar un espacio en el cual se puedan dialogar sobre iniciativas concretas que potencien la agenda cultural de la región durante el próximo binario; y, la Cumbre Cultural de las Américas 2019 estará centrada en el análisis y reflexión sobre los cambios profundos que impactan constantemente en los modelos y prácticas culturales actuales en el continente; Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales está a cargo del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, quien es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en materia de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, los que incluyen a los patrimonios arqueológicos y monumentales, inmaterial, paleontológico y el fomento cultural; Que, a través del Informe N° D000052-2019-DGIA/MC de fecha 14 de junio de 2019, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes señala que en XLV Reunión de Ministros de Cultura del MERCOSUR se desarrollarán tres puntos tales como, la presentación de los acuerdos alcanzados en el primer semestre del año, la aprobación del programa de trabajo del Mercosur Cultural, y el debate e intercambio sobre las estrategias de integración regional para los sectores creativos del Mercosur a propósito del Informe Global de la UNESCO ­ Repensar las Políticas Culturales, recientemente presentado en el Perú; mientras que en la Cumbre Cultural de las Américas se desarrollaran conferencias, paneles debate público y talleres referidos a la construcción de ciudadanía cultural en un contexto de diversidad, las potenciales variaciones en el modelo cultural debido al contexto global de cambios, y la experiencia digital; por lo que, considera importante la participación del sector en los citados eventos; Que, por su parte, mediante Informe N° D0000252019-OCIN/MC de fecha 18 de junio de 2019, la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que la Reunión de Ministros de Cultura del MERCOSUR es la máxima instancia del MERCOSUR Cultural, la misma que se encuentra compuesta por los Ministros y Autoridades de Cultura de los Estados Parte y de los Estados Asociados; en donde se establecen políticas de fomento a la integración regional que se apoya en la cultura como estrategia, promoviendo iniciativas, acciones de creación, producción, circulación, reconocimiento, protección, promoción, difusión y universalización del acceso a bienes y servicios culturales de la región; Que, con Informe N° D000004-2019-OGAJ/MC de fecha 21 de junio de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta jurídicamente viable autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática del evento en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Luis Guillermo Temistocles Cortés Carcelén, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; cuyo gasto por concepto de alojamiento, alimentación y traslados internos serán cubiertos por el país anfitrión, mientras que los pasajes aéreos serán cubiertos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, en tanto dure la ausencia del señor Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, es necesario encargar el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619,

aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Guillermo Temistocles Cortés Carcelén, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 26 al 29 de junio de 2019; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA) : TOTAL : US$ 1 342.73 --------------------US$ 1 342.73

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado funcionario deberá presentar ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Encargar el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a la Viceministra de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, a partir del 26 de junio de 2019 y en tanto dure la ausencia de su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación Encargada del Despacho del Ministerio de Cultura 1782324-1

Autorizan viaje de Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 255-2019-MC Lima, 24 de junio de 2019 VISTOS; la Carta OEI ­ 117/2019 de la Jefatura de Gestión Interna de la Oficina en Perú de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura; y, el Informe N° D000057-2019-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado,

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