Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2019 (26/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de junio de 2019 /

El Peruano

establece como función de la Dirección Ejecutiva, entre otras: c) Encargar las funciones, delegar funciones y dar por concluidos dichos cargos cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios dentro de los límites legales; y j) Autorizar las acciones y contrataciones de personal, bajo cualquier régimen de contratación, de conformidad con los lineamientos y políticas sectoriales del MIDIS, y en el marco de la legislación vigente; Que, el artículo 4, numeral 2, de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el empleado de confianza es El que desempeña cargo de confianza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente (...); Que, mediante Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 778-2018-MIDIS/PNCM, se designa a la señora Teresa de Jesús Benites Chunga en el cargo de confianza de Jefa de la Unidad Territorial de Loreto del Programa Nacional Cuna Más; Que, mediante Memorando N° 225-2019-MIDIS/ PNAEQW-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más, solicita realizar las acciones correspondientes para la designación del señor Aldo Raphael Castillo Navarro, en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial Loreto del Programa Nacional; Que, mediante el Memorando N° 1175-2019-MIDIS/ PNCM/UGTH, complementado con el Memorando N° 1215-2019-MIDIS/PNCM/UGTH, la Jefa de la Unidad de Gestión del Talento Humano, informa lo siguiente: i) Se ha evaluado la designación del señor Aldo Raphael Castillo Navarro en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial Loreto, verificando el cumplimiento de los requisitos mínimos para el cargo en mención, conforme al Manual Clasificador de Cargos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 1603-2017-MIDIS/ PNCM; ii) Pone a conocimiento la Carta s/n de fecha 24 de junio de 2019, emitida por la señora Teresa de Jesús Benites Chunga quien solicita su renuncia al cargo de Jefa de la Unidad Territorial de Loreto del Programa Nacional Cuna Más; Que, teniéndose en cuenta el memorando de Vistos, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión favorable, señalando que corresponde se emita el acto resolutivo mediante el cual se atienda la renuncia solicitada por la señora Teresa de Jesús Benites Chunga y se designe, al señor Aldo Raphael Castillo Navarro en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial Loreto del Programa Nacional Cuna Más; Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento Humano, y de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, Que, de conformidad con el Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS modificado por el Decreto Supremo N° 014-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 311-2018-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 082-2019-MIDIS, y conforme los instrumentos internos de gestión del Programa Nacional Cuna Más del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1. ACEPTAR la renuncia presentada por la señora TERESA DE JESÚS BENITES CHUNGA como Jefa de la Unidad Territorial Loreto del Programa Nacional Cuna Más; dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. DESIGNAR al señor ALDO RAPHAEL CASTILLO NAVARRO, en el cargo Jefe de la Unidad Territorial Loreto del Programa Nacional Cuna Más. Artículo 3. NOTIFICAR la presente resolución a la servidora y a la Unidad de Gestión del Talento Humano, para conocimiento y fines. Artículo 4. DISPONER la publicación de la presente, en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional

del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob. pe). Regístrese, Notifíquese y Publíquese. MARÍA MÓNICA MORENO SAAVEDRA Directora Ejecutiva Programa Nacional Cuna Más 1782508-1

EDUCACION
Definen a la Dirección de Gestión de Recursos Educativos - DIGERE como Entidad Tipo B del Ministerio de Educación, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 128-2019-MINEDU Lima, 21 de junio de 2019 VISTO: el Memorándum N° 481-2019-MINEDU/SGOGRH, de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 265-2019-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, de la Oficina de Gestión de Personal, el Informe N° 0027-2019-MINEDU/VMGP-DIGERE, de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos, el Informe N° 00585-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el literal a) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se considera como Entidad Pública Tipo B a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley Nº 28411 de una Entidad Pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan con los siguientes criterios: i) tenga competencia para contratar, sancionar y despedir; ii) cuente con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces; y, iii) cuente con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece definiéndola como Entidad Tipo B; Que, adicionalmente, dicha disposición señala expresamente que la definición se aplica exclusivamente para el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y no tiene implicancias para aspectos de estructura y organización del Estado ni para otros sistemas administrativos o funcionales; Que, el inciso f) del numeral 5.1 del artículo 5 de la Directiva N° 002-2014-SERVIR-GDSRH "Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 238-2014-SERVIR-PE, señala que se define a las entidades públicas Tipo B como: "A aquellas que cumplan los siguientes criterios: i. Ser un órgano desconcentrado, proyecto, programa o unidad ejecutora conforme a la Ley Nº 28411 de una entidad pública Tipo A. ii. Tener competencia para contratar, sancionar y despedir, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente. iii. Contar con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, conforme

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