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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (26/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de junio de 2019 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, con la Carta s/n de fecha 7 de mayo de 2019, la Directora de Cooperación Internacional de la Secretaría de Gobierno de Cultura de la República Argentina cursa invitación a la Directora de la O fi cina de Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto para participar en la XLIX Reunión del Comité Coordinador Regional del MERCOSUR, a llevarse a cabo del 25 al 26 de junio de 2019, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, el artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que la O fi cina de Cooperación Internacional es la unidad orgánica encargada de diseñar la estrategia general en relación a las fuentes de cooperación internacional, de carácter rembolsable y no rembolsable, en coordinación con el MEF, APCI y el Ministerio de Relaciones Exteriores, identi fi cando y captando los recursos de cooperación internacional; Que, mediante el Informe N° D000025-2019-OCIN/ MC, la O fi cina de Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que el Comité Coordinador Regional (CCR) es el ámbito permanente de asistencia a la Reunión de Ministros de Cultura, y de articulación e integración de las políticas culturales emprendidas por los demás órganos dependientes de la citada reunión, siendo que el Perú, a través de la O fi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de Cultura, forma parte del CCR desde marzo de 2019; por lo que, la Presidencia Pro Tempore de Argentina ha convocado a la XLIX Reunión del Comité Coordinador Regional, la misma que abordará las alianzas estratégicas y la de fi nición de líneas prioritarias para la articulación con el MERCOSUR Cultural, siendo una de estas la del bloque de la Alianza del Paci fi co; asimismo, precisa que en la citada reunión se prepararán los informes que se presentarán a los Ministros(as) de Cultura en la reunión del 27 de junio de 2019; resultando pertinente la participación de la Directora de la O fi cina de Cooperación Internacional en la Reunión del Comité Coordinador Regional; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática del evento en mención y los fi nes antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Maria Amelia Trigoso Barentzen, Directora de la O fi cina de Cooperación Internacional, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; cuyo gasto por concepto de alojamiento será cubierto por la organización de dicha reunión, mientras que sus gastos por pasajes aéreos, alimentación y traslados internos serán cubiertos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora María Amelia Trigoso Barentzen, Directora de la O fi cina de Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 26 al 28 de junio de 2019; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA) : US$ 954.51 Viáticos (US$ 370 x 2 días parciales) : US$ 296.00 ----------------- TOTAL : US$ 1 250.51 Artículo 3.- Disponer que la citada servidora, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR PABLO MEDINA Ministra de EducaciónEncargada del Despacho del Ministerio de Cultura 1782325-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefe de la Unidad Territorial Loreto del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 872-2019-MIDIS/PNCM Lima, 24 de junio de 2019VISTOS:El Memorando N° 255-2019-MIDIS/PNCM/DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más; los Memorandos N° 1175-2019-MIDIS/PNCM/UGTH y N° 1215-2019-MIDIS/PNCM/UGTH, emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe Nº 995-2019-MIDIS/PNCM/UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS y sus modi fi catorias, se crea el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema; Qué, los literales c) y j) del artículo 9 del Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más aprobado mediante Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS,