Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2019 (04/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Lunes 4 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTAS: Las solicitudes presentadas por MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice el cierre de una (01) oficina especial de uso compartido ubicada en la Provincia Constitucional del Callao, una (01) agencia de uso compartido ubicada en el departamento de Lima, y una (01) agencia de uso compartido ubicada en el departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 434-2004 de fecha 19.03.2004, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de la oficina especial ubicada en Jr. Zepita Nº 268 oficina 304, Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Resolución SBS Nº 3342-2009 de fecha 05.05.2009, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, el traslado de la oficina especial ubicada en Jr. Zepita Nº 268 oficina 304, Provincia Constitucional del Callao a Av. Sáenz Peña Nº 1307, Provincia Constitucional del Callao, y el uso como local compartido con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 7888-2011 de fecha 05.07.2011, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de una agencia de uso compartido ubicada en Calle Grimaldo del Solar Nº 426, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resoluciones SBS Nº 3148-2008 y Nº 3147-2008 de fecha 09.07.2008, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura y el uso compartido de la agencia ubicada en Pasaje Coral Vega Nº 588 1er. Piso, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash; Que, en aplicación de los artículos 3º y 4º del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015 y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modificatorias, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) oficina especial de uso compartido y dos (02) agencias de uso compartido, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación presentada; Contando con el visto bueno de los Departamentos de Supervisión de Seguros "A" y "B" y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la oficina especial de uso compartido ubicada en Av. Sáenz Peña Nº 1307, Provincia Constitucional del Callao. Artículo Segundo.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la agencia de uso compartido ubicada en Calle Grimaldo del Solar Nº 426, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Artículo Tercero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la agencia de uso

compartido ubicada en Pasaje Coral Vega Nº 588 1er. Piso, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash. Artículo Cuarto.- La presente Resolución deberá ser notificada a través de Secretaría General a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS WONG KIT CHING Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros (a.i.) 1745756-1

Autorizan a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. el cierre de agencias y la apertura de oficinas, en la modalidad de agencia, ubicadas en los departamentos de La Libertad y Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 741-2019 Lima, 25 de febrero de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitudes presentadas por la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. (en adelante, la Edpyme) para que esta Superintendencia le autorice el cierre y la apertura de cinco oficinas, en la modalidad de agencias, ubicadas en los departamentos de La Libertad y Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1911-2012 de fecha 26.03.2012, esta Superintendencia autorizó la apertura, entre otras, de una agencia ubicada en el distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima; cuyo posterior traslado fue autorizado mediante Resolución SBS N° 6796-2015 del 11.11.2015; Que, mediante Resolución SBS N° 6201-2013 de fecha 16.10.2013, esta Superintendencia autorizó la apertura, entre otras, de una agencia ubicada en el distrito, provincia y departamento de Lima; Que, en sesión de Directorio de fecha 20.12.2018, se aprobó el cierre de las agencias antes referidas ubicadas en el departamento de Lima; Que, en sesiones de Directorio de fechas 25.10.2018, 15.11.2018 y 20.12.2019 se aprobaron, entre otras, las aperturas de tres agencias ubicadas en los departamentos de La Libertad y Lima; Que, la Edpyme ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por los procedimientos N° 11 y N° 14 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 1678-2018; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30° y 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. el cierre de dos agencias ubicadas en el departamento de Lima, así como la apertura de tres oficinas, en la modalidad de agencia, ubicadas en los departamentos de La Libertad y Lima, conforme al siguiente detalle:

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