Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2019 (04/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
SS.

Lunes 4 de marzo de 2019 /

El Peruano

VISTO el Nº 0137-2018-MDR/A, presentado el 2 de agosto de 2018, por Jesús Édgar Vega Rodríguez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ranrahirca, provincia de Yungay, departamento de Áncash, mediante el cual comunica la licencia sin goce de haber, que le fue concedida al regidor Máximo Benigno Paredes Cochachín. CONSIDERANDOS

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE

1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 8 de junio de 2018 (fojas 14), Máximo Benigno Paredes Cochachín, regidor del Concejo Distrital de Ranrahirca, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 031-2018-MDR, de fecha 19 de junio del presente año (fojas 2 y 3), por el periodo comprendido del 7 de setiembre al 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Ana María Meléndez Asís, identificada con DNI Nº 40717212, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Independiente Proyecto Joven, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Lima, con motivo de las Elecciones Municipales Complementarias 2015. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Máximo Benigno Paredes Cochachín, regidor del Concejo Distrital de Ranrahirca, provincia de Yungay, departamento de Áncash, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Ana María Meléndez Asís, identificada con DNI Nº 40717212, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Ranrahirca, provincia de Yungay, departamento de Áncash, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1745950-10

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 3028-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00871 CIENEGUILLLA - LIMA - LIMA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, dieciocho de setiembre de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 232-2018-MDC/SG, de fecha 11 de setiembre de 2018, presentado por Sara Liz Toledo Ramírez, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida a la regidora Stefany Milagros Ames Carrión. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día hábil siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 16 de junio de 2018 (fojas 4), Stefany Milagros Ames Carrión, regidora del Concejo Distrital de Cieneguilla, con motivo de su participación en las

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