Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2019 (07/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano / Jueves 7 de marzo de 2019
ACTIVIDAD IV. FASE DE FORMALIZACIÓN Ingreso de los resultados al aplicativo del Presupuesto Participativo 2020 del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, y publicación de resultados en el portal web de la Municipalidad.

NORMAS LEGALES
CRONOGRAMA

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Durante el proceso

Remisión del informe del Presupuesto Participativo 2020 a la Dirección General de Presupuesto Público Del 2 al 7 de mayo del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, Contraloría y a la Alta Dirección de la Municipalidad.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal la supervisión y el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución de alcaldía. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones la publicación en el Portal Institucional (http//:www.munibellavista.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 1746750-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILABAYA
Declaran en situación de emergencia administrativa y financiera a la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 006 -2019-MDI Ilabaya, 7 de febrero del 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILABAYA VISTO: En Sesión extraordinaria de Concejo Nº 004-2019-MDI, de fecha 07 de febrero 2019, se aprobó por UNANIMIDAD declarar en estado de emergencia administrativa y financiera la Municipalidad Distrital de Ilabaya, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el Artículo IV del citado cuerpo legal, señala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece: que los acuerdos y ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter General de mayor Jerarquía en la estructura Formativa Municipal, por medio de la cuales se aprueba la Organización Interna, la Regulación, Administración y Supervisión de los Servicios Públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa Que, la Vigésima Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que las Municipalidades Provinciales o Distritales, por única vez, con acuerdo adoptado por dos tercios de los miembros del Concejo Municipal, podrán declararse en Emergencia Administrativa o Financiera, por un

plazo máximo de noventa días, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente; Que, los Acuerdos de Concejo son normas municipales que regulan los actos de gobierno, expedidos por el Concejo Municipal en base a la potestad exclusiva que tienen las Municipalidades de emitir normas en el marco de sus competencias, en observancia a lo prescrito en el Artículo 39 de la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo se estipula en el Artículo 41º de la glosada norma legal que: "Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional." Que, en aplicación a las normas antes señaladas, y siendo su aplicación por primera vez en la presente gestión edil 2019-2022, en la que se solicita la declaratoria de Emergencia administrativa y financiera de la Municipalidad Distrital de Ilabaya , en el marco de las normas vigentes de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, siendo su aplicación en materia de reorganización y no así está referida al ámbito de las contrataciones y adquisiciones y que su propósito esencial es hacer cambios que fuera necesario para optimizar los recursos humanos y financieros en bien de la población del Distrito de Ilabaya. Que, en Sesión extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 07 de febrero del 2019, los señores Regidores EVER ABEL JUANILLO HUANACUNI, EUSEBIA CASILDA FLORES PARI, RAUL MATEO VELA PAZ, BERNARDO PEDRO YUGRA CATACORA, MARTIN SABINO MAMANI MARTINEZ; y con las opiniones vertidas mediante el Informe Nº 0014-2019-MDI/GAF, de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 017-2019-MDI/GPP, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el memorando Nº 033-2019-MDI/GM de la Gerencia Municipal y con la Opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 0232019-MDI/GAJ. Aprobaron por UNANIMIDAD, declarar en emergencia administrativa y financiera la Municipalidad Distrital de Ilabaya. Que, estando a lo expuesto y en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 07 de febrero del 2019, el Pleno del Concejo en uso de sus facultades y atribuciones que le confiere el Art. 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILABAYA, por única vez, disponiéndose su Reorganización, por un periodo máximo de noventa (90) días, facultándose al Despacho de Alcaldía disponer y efectuar las acciones que sean necesarias para la defensa y cautela de los derechos e intereses de la Municipalidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponer las medidas y acciones necesarias para la ejecución del presente Acuerdo de Concejo Municipal y las acciones que se requieren efectuar para su cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General Notificar el presente Acuerdo de Concejo Municipal para su conocimiento y fines, así como a la Unidad de Tecnología de la Información publicar en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ilabaya (www.munilabaya.gob.pe). Artículo Cuarto.- El Presente Acuerdo Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN P. PARIA GALLEGOS Alcalde 1746633-1

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