Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2019 (07/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Jueves 7 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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La labor de este comité es ad honorem, no perciben retribución pecuniaria alguna. Asimismo, el municipio brindará todas las facilidades al Comité de Vigilancia para el cumplimiento de sus funciones. A fin de ejecutar las acciones previstas, el Comité de Vigilancia está exonerado del pago de los derechos de copia de los documentos solicitados, siempre y cuando sean documentos necesarios para la ejecución de los fines previstos. Artículo 28º.- Información para el Comité de Vigilancia La Municipalidad Distrital de La Molina proporcionará al Comité de Vigilancia, la siguiente información: a) Cronograma de inversiones donde se detalle la programación de los proyectos priorizados, específicamente las fechas en las que se iniciará y culminará las etapas de pre inversión y la etapa de inversión, según corresponda. b) El Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente y sus modificaciones, durante la ejecución, cuando éstas afecten los acuerdos del Presupuesto Participativo. c) Ejecución de gastos de inversión semestral y anual del avance de la ejecución de proyectos de inversión según reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera. d) Estado situacional de los proyectos aprobados en el presupuesto participativo. Artículo 29º.- Capacitación al Comité de Vigilancia Se desarrollarán talleres de capacitación dirigidos a las personas integrantes del Comité de vigilancia y control sobre temas referidos a la transparencia, rendición de cuentas, vigilancia, control y manejo de herramientas adecuadas para ejercer un seguimiento permanente de la ejecución de los proyectos del presupuesto participativo. Artículo 30º.- De la Rendición de Cuentas La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades y la sociedad civil, permite evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas participativamente. En esta fase, el titular del pliego debe informar a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior por las entidades del Estado y la Sociedad Civil, referentes a: · Resultados de la gestión del Ejercicio Fiscal del año anterior y I Trimestre del año en curso. · Presentación de los objetivos estratégicos y prioridades para el año 2019. · Avance de ejecución del Programa de Inversión Pública del año anterior. · Cumplimiento de compromisos de acuerdos en los Presupuestos Participativos del año anterior. · Informar sobre el monto del presupuesto asignado para el Presupuesto Participativo 2020. La organización de la Fase de rendición de Cuentas, que incluye la consolidación y presentación de la información presupuestal y de gestión arriba indicada, es de responsabilidad del Equipo Técnico de acuerdo a las funciones de cada una de ellas. Los agentes participantes de la sociedad civil y las entidades del Gobierno Nacional que hayan intervenido en el proceso informan sobre el cumplimiento de los compromisos que asumieron en el proceso participativo anterior. El Equipo Técnico elabora un Resumen Ejecutivo conteniendo esta información básica. Dicho resumen es de carácter público y debe ser colocado en la página web institucional. CAPÍTULO XII FORMALIZACION DE ACUERDOS Artículo 31º.- De la Formalización de Acuerdos y Compromisos.

Culminada la priorización de proyectos y su aprobación, se formalizará ello mediante la suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo, por todos los agentes participantes asistentes. Artículo 32º.- El Concejo Municipal aprueba el documento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2020, que incluye los proyectos priorizados con su financiamiento a incorporarse en el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fiscal 2020. CAPÍTULO XIII PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN DEL RESULTADO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 33º.- De la Publicación y Difusión. La Municipalidad Distrital de La Molina dispondrá la publicación del Documento del Presupuesto Participativo y del Acta de Acuerdos y Compromisos para conocimiento de la comunidad en la Página Web Institucional y el aplicativo informático del Ministerio de Economía y Finanzas. CAPÍTULO XIV FISCALIZACIÓN DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 34º.- De la Fiscalización. Los miembros del Concejo Municipal Distrital de La Molina ejercerán su función fiscalizadora desde el inicio hasta la culminación del Proceso del Presupuesto Participativo correspondiente. El ejercicio de dicha función no interrumpirá el desarrollo del Proceso Participativo. CAPÍTULO XV DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Municipalidad Distrital de La Molina a través del Equipo Técnico diseña y emite mecanismos para el análisis, debate y toma de decisiones para consensos y acuerdos, correspondiendo a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional disponer lo necesario para el mejor cumplimiento del presente Reglamento en lo que sea requerido, basado en lo dispuesto por el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado mediante la Resolución Directoral Nº007-2010-EF/76.01. Segunda.- Dentro de la demanda de proyectos en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020, se verificará que los mismos obedezcan a los lineamientos y prioridades de los Planes de Desarrollo Local Distrital, así como la calidad de su formulación, de impacto local y que se encuentren en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Tercera.- Todo lo no contemplado en el presente Reglamento deberá ser resuelto por el Equipo Técnico. Cuarta.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y sus anexos en el Diario Oficial el Peruano; a la Gerencia de Tecnologías de Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Molina www.munimolina. gob.pe; en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob. pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe; y a la Gerencia de Participación Vecinal y demás unidades orgánicas competentes su cumplimiento. Quinta.- Forman parte integrante de la presente Ordenanza los anexos que a continuación se detallan: Anexo Nº 01: Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo. Anexo Nº 02: Solicitud de Inscripción Agente Participante. Anexo Nº 03: Ficha de Registro de Agentes Participantes. Anexo Nº 04: Ficha de información Mínima por Proyecto.

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