Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2019 (23/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 23 de marzo de 2019 / El Peruano San Borja, la Junta de Usuarios u otra entidad competente estas podrán continuar en tanto no alteren signi fi cativamente la integridad estructural del trazo y su condición de canal a tajo abierto del Paisaje Arqueológico Canal de Surco - Segmento 3; Que, por Informe N° 000029-2019/DGPA/VMPCIC/ MC de fecha 24 de enero de 2019, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable a la declaratoria y delimitación propuestas, elevando el expediente al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que se continúe con el trámite que corresponde; Que, conforme a lo previsto en el numeral 7.3 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, corresponde declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico “Canal de Surco-Segmento 3”, ubicado en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; así como aprobar el expediente técnico de delimitación ( fi cha técnica, memoria descriptiva y plano) del referido Paisaje Arqueológico, por la importancia y valor que tiene para la identidad nacional, así como para brindarle protección legal para su conservación, al tratarse de un área intangible, siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; en el Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y en el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2014-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico “Canal de Surco-Segmento 3” según los datos señalados en el siguiente cuadro: DepartamentoLima Provincia Lima Nombre del Paisaje ArqueológicoDistritoDatum WGS84 Zona 18 PuntoUTM Este UTM Norte Canal de Surco – Segmento 3San BorjaInicial 283 792.6922 8 662 559.9108 Final 283 531.1934 8 662 051.1207 Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico de delimitación ( fi cha técnica, memoria descriptiva y plano) del “Canal de Surco-Segmento 3, ubicado en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes: Nombre del Paisaje ArqueológicoNº de Plano en Datum WGS84Área (m2)Área (ha)Perímetro (m) Canal de Surco – Segmento 3PP-075-MC_DGPA/ DSFL-2017 WGS843,556.87 0.3556 1,181.58UB-044-MC_DGPA- DSFL-2018 WGS84 Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del paisaje arqueológico mencionado en el artículo 1, así como del expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución.Artículo 4.- El desarrollo de labores de mantenimiento que garanticen la operatividad del Canal de Surco - Segmento 3 efectuadas por la Municipalidad San Borja, la Junta de Usuarios u otra entidad competente podrán continuar en tanto no alteren signi fi cativamente la integridad estructural del trazo y su condición de canal a tajo abierto del Paisaje Arqueológico Canal de Surco - Segmento 3. Artículo 5.- Cualquier intervención que no tenga como objetivo la operatividad y funcionamiento del sistema hidráulico el Paisaje Arqueológico – Segmento 3 o la ejecución de obras públicas o privadas de edi fi cación nueva, remodelación, restauración, ampliación, refacción, demolición o cualquier labor de infraestructura requiere de la autorización del Ministerio de Cultura. Artículo 6.- Remitir copia certi fi cada de la presente Resolución al señor Tulio Cesar Uribe Pomacondor y señora Sonia Gonzales Pinedo de Uribe; señor Alfredo Ricardo Madrid Álvarez y señora Selva Marjori Vega Ramirez; señora Rayda Neri Riveros Ureta; señora Florentina Ureta Sinche de Riveros; a la empresa Inversiones San Borja S.A.; Banco Financiero del Perú; Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Surco- Huatica, Autoridad Local del Agua Chillón- Rímac y Lurín; a la empresa Luz del Sur S.A.A; a la Municipalidad Distrital de San Borja; a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN Viceministro de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 1752226-1 DEFENSA Autorizan viaje de funcionarios a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0351-2019 DE/SG Lima, 19 de marzo de 2019VISTOS:El Facsímil (DSD) N° 093 del 04 de febrero de 2019, de la Directora de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Informe Técnico Nº 087-2019-MINDEF/VPD/DIGRIN/e del 13 de marzo de 2019, de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, en atención al documento del visto, el señor General de División (R) José Modesto HUERTA TORRES, Ministro de Defensa, presidirá la delegación del Ministerio de Defensa que participará en la “Conferencia Ministerial sobre el Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas: capacidades militares y policiales, desempeño y protección”, que se llevará a cabo en la sede de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 29 de marzo de 2019; Que, la Conferencia Ministerial de Defensa sobre Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas es un foro internacional que tiene por objeto dar continuidad y hacer el seguimiento a los acuerdos adoptados en la Cumbre de Jefes de Estado sobre Mantenimiento de la Paz, realizada en el marco de la 70ª Asamblea General de Naciones Unidas, en Nueva York, el 28 de setiembre de 2015; Que, la Conferencia de este año estará vinculada a los esfuerzos para fortalecer las operaciones de mantenimiento de la paz a través de la iniciativa “Acción para el mantenimiento de la paz (A4P)”, lanzada recientemente por el Secretario General, con un enfoque especí fi co en las capacidades militares y policiales, el desempeño y la protección de civiles;