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12 NORMAS LEGALES Sábado 23 de marzo de 2019 / El Peruano Unidad Ejecutora SIAF : N° 0789 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : N° 20527147612 Pliego 463 : Gobierno Regional de Lima 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 01027Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : N° 20530688390 Pliego 452 : Gobierno Regional de Lambayeque 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0855Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20479569780 Pliego 455 : Gobierno Regional de Moquegua 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0880Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20519752604 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Puno, Huancavelica, Cusco, Lima, Lambayeque y Moquegua, correspondiente al año 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1753116-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Austria, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2019-IN Lima, 21 de marzo de 2019VISTOS: El O fi cio Nº 281-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 000722-2019/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante OF.RE (OAH) Nº 2-10-C/143 de fecha 08 de febrero de 2019, la Subdirección de OEA y Asuntos Hemisféricos del Ministerio de Relaciones Exteriores traslada a la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, la invitación realizada por la O fi cina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito – UNODC, para que personal policial participe en la “5º Reunión del Grupo Intergubernamental de Expertos encargado de realizar un estudio exhaustivo sobre el delito cibernético”, a llevarse a cabo el 27 al 29 de marzo de 2019, en la ciudad de Viena de la República de Austria; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 68-2019-SUB COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 11 de marzo de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Neyre Fermín Rodríguez Moreno y de los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Orlando José Mendieta Pianto y Ulises Alfonso Guillén Chávez, del 25 al 30 de marzo de 2019, a la ciudad de Viena de la República de Austria, para que participen en la reunión antes citada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, puesto que los temas a tocar permitirán contribuir al enfrentamiento de la delincuencia, considerando el incremento exponencial del ciberdelito, asimismo permitirán mejorar el procedimiento de intercambio de información y experiencia en los diferentes campos de la inteligencia relacionado al delito cibernético, lo que fortalecerá las capacidades del personal policial y la efi cacia de su labor, en cuanto a seguridad, criminalidad nacional y transnacional; Que, la experiencia a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Ofi cio Nº 943-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE de fecha 09 de marzo de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)”; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)”; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprobada por Ley Nº 30879, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (...)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,