Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2019 (23/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 23 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo, la autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; y la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial Nº 7372010/MINSA, modificada por Resolución Ministerial Nº 798-2016/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, en comisión de servicios, el viaje de los químicos farmacéuticos Kelly Yudy Carbajal Ulloa y Oscar Roberto Rejas Medina, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 31 de marzo al 13 de abril de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la empresa VITALIS PERU S.A.C., a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes, abono verificado por la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje tarifa económica para 2 personas : US$ 2,024.70 (c/persona US$ 1,012.35 incluido TUUA) - Viáticos por 13 días para 2 personas : US$ 7,800.00 (c/persona US$ 3,900.00 incluido gastos de instalación) --------------------TOTAL : US$ 9,824.70

VISTOS: La Resolución de la Gerencia Central de Operaciones Nº 04-GCOP-ESSALUD-2019 y modificatoria, emitida por la Gerencia Central de Operaciones del Seguro Social de Salud ­ EsSalud; la Carta N° 1444-GCOP-ESSALUD-2019, de la Gerencia Central de Operaciones del Seguro Social de Salud ­ EsSalud; las Cartas N°s. 1963 y 1997-GCPPESSALUD-2019, de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto del Seguro Social de Salud ­ EsSalud; la Carta N° 1461-GCOP-ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de Operaciones del Seguro Social de Salud ­ EsSalud; la Carta Nº 598-GRPA-ESSALUD-2019, de la Gerencia de la Red Prestacional del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen del Seguro Social de Salud ­ EsSalud, y el Oficio Nº 184-SG-ESSALUD-2019, de la Secretaría General del Seguro Social de Salud ­ EsSalud; el Informe N° 738-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Gerencia Central de Operaciones Nº 04-GCOP-ESSALUD-2019, de fecha 29 de enero de 2019, modificada por la Resolución de Gerencia Central de Operaciones Nº 22-GCOP-ESSALUD-2019 de fecha 18 de marzo de 2019, se autoriza que la paciente Shirley Meléndez Tuesta reciba mantenimiento preventivo y/o correctivo de las prótesis transradiales con mano multiarticulada bilateral (I-Limb) y de las prótesis transtibiales de diseño modular endoesquelético, en el Ability Matthers Group en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por el período de 45 (cuarenta y cinco) días calendario. Asimismo, dispone iniciar los trámites correspondientes para la adquisición de pasajes y viáticos, y autorización de viaje en comisión de servicios de la acompañante asistencial designada; Que, a través de la Carta Nº 598-GRPAESSALUD-2019, de fecha 12 de febrero de 2019, la Gerencia de la Red Prestacional del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen del Seguro Social de Salud comunicó la designación de la Tecnóloga Médica CECILIA LUISA CARPIO BARRIO DE MENDOZA como personal que brindará prestaciones asistenciales a la citada paciente en su viaje a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, mediante documentos de vistos se acompaña al expediente el sustento técnico de la Gerencia Central de Operaciones; así como, la certificación presupuestal emitida por la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto mediante las Cartas N°s. 1963 y 1997-GCPPESSALUD-2019; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, establece que: "(...) Para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector."; Que, con Oficio Nº 184-SG-ESSALUD-2019, la Secretaría General del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, solicita la autorización de viaje en comisión de servicios de la señora CECILIA LUISA CARPIO BARRIO DE MENDOZA, Tecnóloga Médica en el área de Terapia Física y Rehabilitación de la Red Prestacional del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen del Seguro Social de Salud, del 24 de marzo al 7 de mayo de 2019 a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en calidad de personal que brindará prestaciones asistenciales a la citada paciente; Que, en atención a lo expuesto y a fin de garantizar la efectiva asistencia técnica a la mencionada paciente, resulta conveniente autorizar el citado viaje en comisión de servicios de la señora CECILIA LUISA CARPIO BARRIO DE MENDOZA, Tecnóloga Médica en el área de Terapia Física y Rehabilitación de la Red Prestacional del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen del Seguro Social de Salud; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y

Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1753097-3

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de servidora de ESSALUD al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2019-TR Lima, 22 de marzo de 2019

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