Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2019 (21/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

NORMAS LEGALES

Martes 21 de mayo de 2019 /

El Peruano

Res. Adm. Nº 294-2019-P-PJ.- Designan representante del Poder Judicial ante el Consejo Técnico para la Reforma del Sistema de Justicia 16

Res. Nº 1118-2019-R-UNA.- Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno a México, en comisión de servicios 17 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

ORGANISMOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS Res. Nº 0751.- Autorizan viaje de la delegación del INICTELUNI a Corea del Sur, en comisión de servicios 16

Res. Nº 2224-2019.- Aprueban el Procedimiento Operativo para el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones 18

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Director Planeamiento de la Oficina de

Visto, el Oficio N° 420-2019/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, y el Memorándum N° 523-2019-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada proyecto; Que, el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, dispone que una vez suscrita la Adenda del Contrato de Inversión por el Sector correspondiente y PROINVERSIÓN, el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente, bajo responsabilidad, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles; Que, con fecha 20 de diciembre de 2016, la empresa IHI PERÚ S.A.C., celebró en calidad de Inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "HOTEL IHI SAN ISIDRO", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la referida norma legal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 031-2017MINCETUR, de fecha 26 de enero de 2017 se aprobó a la empresa IHI PERÚ S.A.C., como empresa calificada para la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas establecido en el Decreto Legislativo citado y se aprobó la "Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción"; Que, la empresa IHI PERÚ S.A.C., presentó una solicitud de suscripción de una adenda de modificación del Contrato de Inversión antes señalado, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, a efecto de modificar el plazo de ejecución de la inversión; aspectos que han sido materia de evaluación a través del Informe N° 26-2019-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-CSZ y el Informe Legal N° 021-2019-MINCETUR/VMT/DGET/DPDTLFBC de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, en los cuales respectivamente, se expresa la opinión técnica y legal favorable, en relación a la modificación del plazo de inversión del proyecto; Que, el plazo de ejecución del proyecto denominado "HOTEL IHI SAN ISIDRO", establecido en el contrato de inversión, se amplía de dos (02) años, cinco (05) meses y veintisiete (27) días, a tres (03) años, cinco (05) meses y veintisiete (27) días, contados desde el 04 de julio de 2016 fecha de la presentación de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión; Que, con fecha 13 de mayo de 2019, se suscribió la adenda de modificación del Contrato de Inversión celebrado entre la empresa IHI PERÚ S.A.C., y el Estado, por lo que corresponde emitir la Resolución Ministerial respectiva; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0182-2019-MINAGRI Lima, 20 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, encontrándose vacante el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, resulta necesario designar al servidor que se desempeñará en dicho cargo; Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Fernando Francisco Valenzuela Aparcana, en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego 1771057-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican la R.M. N° 031-2017-MINCETUR, que aprobó a IHI Perú S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel IHI San Isidro"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 177-2019-MINCETUR Lima, 20 de mayo de 2019

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